INVERSIONES Y RENTAS RUBILAR ZAPATA SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2025
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Junta Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES Y RENTAS RUBILAR ZAPATA SpA | socio | 76445181-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: Con fecha 05 de enero de 2026, se redujo a escritura pública, ante mí, acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES Y RENTAS RUBILAR ZAPATA SpA, RUT 76.445.181-3, celebrada en Frutillar el 26 de diciembre de 2025, la cual fue constituida por escritura pública de fecha cuatro de julio del año dos mil dieciséis, otorgada en la Cuarta Notaría de Puerto Montt de don Álvaro Gajardo Casañas, repertorio número tres mil doscientos cinco, cuyo extracto fue publicado e inscrito a fojas setecientos nueve número cuatrocientos setenta y cinco del Registro de Comercio del año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt; y cuyo capital social corresponde a la cantidad de un millón de pesos dividido en cien acciones nominativas, suscritas y pagadas. La sociedad no registra modificaciones estatutarias inscritas a esta fecha. La accionista única, doña XIMENA INÉS LAGOS RUBILAR, C.I. N.º 11.691.125-6, titular del 100% de las acciones, acordó designar y ratificar como Administradora General y representante legal de la sociedad a la misma XIMENA INÉS LAGOS RUBILAR, quien ejercerá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición, incluyendo expresamente todas aquellas establecidas en el Artículo Quinto de los estatutos sociales y en el Artículo Segundo Transitorio de la escritura de constitución de la sociedad, las que por este acto se ratifican íntegramente y, para todos los efectos legales, se dan por expresa y totalmente reproducidas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas,07 de enero de 2025.