MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones El Morro Limitada

RUT 77716319-1 CVE 2754804
Fecha instrumento
9 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de diciembre de 2025
Repertorio
10820-2025
Notario
MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
Oficio
5° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES EL MORRO LIMITADA socio 77716319-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino 5° Notaría de Santiago, Av. El Golf N°99, of. 101 B, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 9 de diciembre de 2025, repertorio N°10.820-2025, ante mí, TAMARA ROTH POBLETE, CHRISTIAN ROTH POBLETE, y RUDI ROTH GROB, todos domiciliados para estos efectos en Av. El Golf N°99, piso 5, Las Condes, Santiago, R.M., en su calidad de únicas y actuales socias de INVERSIONES EL MORRO LIMITADA, RUT N°77.716.319-1, inscrita a fojas 6.556, número 3.101 del Registro de Comercio del año 2023, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en adelante la “Sociedad”, acordaron modificar la Sociedad en los siguientes términos: 1. Modificar el objeto social, sustituyéndolo por el siguiente: “TERCERO: El objeto de la sociedad será la realización de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos y todo tipo de títulos de crédito y efectos públicos y valores mobiliarios y, en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie; la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, arrendamiento de bienes corporales muebles o inmuebles con o sin opción de compra, mediante la celebración de contratos de leasing o leaseback, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma y la administración de tales bienes y de las rentas a que estos den lugar. Finalmente, la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados”. 2. Dividir la Sociedad, en dos sociedades: a) la continuadora de la sociedad dividida que mantendrá la razón social INVERSIONES EL MORRO LIMITADA, y en general sus estatutos, sin perjuicio de la disminución de su capital, que corresponderá al capital social que se asignará a la nueva sociedad que nace a consecuencia de la división, y de la asignación de las demás cuentas patrimoniales a dicha sociedad; y, b) una nueva sociedad de responsabilidad limitada, que nace a consecuencia de la división, que se denominará INVERSIONES FAMILIA ROTH LIMITADA, cuyo capital social corresponderá a aquel que le sea asignado por la división, sin perjuicio de las demás cuentas patrimoniales que se le asignen. 2. Aprobar el balance general de INVERSIONES EL MORRO LIMITADA previo a su división, practicado al 9 de diciembre de 2025, en adelante “Balance de división”. 3. Asignar a la nueva sociedad, desde la sociedad que se divide, los activos, pasivos y patrimonio indicados en el balance de división. 4. Aprobar el balance de la continuadora, posterior a la división, practicado al 9 de diciembre de 2025. 5. Disminuir el capital social de INVERSIONES EL MORRO LIMITADA en la suma del capital que se asigna como capital social a la nueva sociedad, lo que implica pasar desde un capital social de 742.827.943 pesos a un capital social de 668.006.793 pesos, sin perjuicio de las demás asignaciones patrimoniales a la nueva sociedad resultante de la división e indicadas en la cláusula anterior. Los socios acuerdan reemplazar la cláusula cuarta de los estatutos sociales de la Sociedad por la siguiente: “Artículo Cuarto: El capital social es la cantidad de seiscientos sesenta y ocho millones seis mil setecientos noventa y tres pesos, que se aporta y paga por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: Uno) Don Rudi Roth Grob, aporta la cantidad de seiscientos sesenta y cinco millones setecientos cincuenta mil trescientos un pesos, equivalente al noventa y nueve coma seis seis dos por ciento de participación en el capital social, que entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo; Dos) doña Tamara Roth Poblete, aporta la cantidad de un millón ciento veintiocho mil doscientos cuarenta y seis pesos, equivalente al cero coma uno seis nueve por ciento de participación en el capital social, que entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo; y Tres) don Christian Roth Poblete, aporta la cantidad de un millón ciento veintiocho mil doscientos cuarenta y seis pesos, equivalente al cero coma uno seis nueve por ciento de participación en el capital social Los socios reiteran que limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Constitución de INVERSIONES FAMILIA ROTH LIMITADA como sociedad que nace de la división es materia de extracto separado. Santiago, 07 de enero de 2026.- Magdalena Sofía Latorre Larraín. Notario Público Interino.-