ENERKEY SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 1812-25
- Notario
- JUAN FACUSE HERESI
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Macul
Sociedad
- Capital
- $1.470.551 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN FACUSE HERESI, Notario Público de Santiago, Titular de la Primera Notaría de Macul, con Oficio Gregorio De La Fuente 3143, certifico: En Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “Enerkey SpA”, inscrita a fojas 33.108, número 19.609 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015 (en adelante, la “Sociedad”), celebrada 09-12-2025, a la que asistí y reduje escritura pública hoy 31-12-2025, Repertorio 1.812-25, en la cual, INVERSIONES HORIZONTE LIMITADA, en su calidad de único accionista, según consta en el libro de accionistas que se tuvo a la vista, total acciones suscritas, acordó: 1) aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $1.470.551.752 dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, y sin valor nominal; a la suma de $1.972.677.503 dividido en 502.125.851 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, y sin valor nominal; mediante la emisión de 502.125.751 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, y sin valor nominal, suscritas por Atika S.A., de las cuales 75.578.807 se encuentran pagadas y 426.546.944 se pagarán en especie dentro del plazo de 6 meses contado desde la fecha de la Junta de accionistas. 2) Modificar la razón social de la Sociedad pasando de denominarse “Enerkey SpA” a denominarse “Atika Servicios SpA”.3) Modificar el objeto social de la Sociedad quedando como sigue: a) el desarrollo, construcción, operación, mantenimiento y explotación comercial de proyectos de generación de electricidad en base a energías renovables no convencionales, de origen térmica y/o de cualquier otra clase o naturaleza, incluyendo toda su infraestructura e instalaciones asociadas; b) la transmisión de electricidad para sí o por cuenta de terceros; c) la adquisición, extracción, procesamiento, transformación y comercialización de cualquier combustible, recurso, elemento o insumo necesario para la producción de electricidad o su explotación; d) la venta, disposición, o comercialización a cualquier título y en cualquier mercado de la producción de electricidad; e) la prestación de todo tipo de servicios, consultorías o asesorías relacionados con el desarrollo y gestión pre operacional y operacional de proyectos de energía eléctrica; f) la inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, que sean necesarios o útiles para la realización del objeto social; g) realizar toda clase de actividades comerciales o industriales complementarias o anexas al giro principal, incluyendo la comercialización a cualquier título de atributos asociados a energías renovables no convencionales; h) La compraventa, importación, exportación y comercialización de mercaderías, incluyendo servicios de instalación y otros asociados a la comercialización, ya sea nacionales o extranjeras; i) Todo rubro que signifique fabricación de productos similares a los importados o complementarios de éstos, destinados fundamentalmente a la exportación; j) Adquirir, comprar, arrendar, permutar, dar y recibir en pago, comercializar, explotar, lotear, urbanizar, enajenar y administrar, por cuenta propia o ajena, bienes raíces urbanos y rurales de cualquier uso, aptitud o destino; k) Ejercer representación o agencias de empresas nacionales o extranjeras en cualquier tipo de actividad industrial o comercial; l) En general, la realización de cualquiera actividad industrial, comercial, minera, agrícola, forestal, maderera, ganadera, pesquera u hortofrutícola y m) toda actividad u operaciones que acuerden los socios necesarias para el cumplimiento de los negocios anteriores.4) Modificar la administración de la Sociedad en el sentido de pasar a estar administrada por un Administrador, designándose como tal a la sociedad Atika S.A. Se reemplazan Artículos primero, cuarto, quinto, noveno permanente y primero transitorio estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de diciembre del 2025.