MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CUEVAS ABOGADOS LIMITADA

RUT 77814320-8 CVE 2754736
Fecha instrumento
9 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de diciembre de 2025
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, CERTIFICO que por escritura pública, de fecha 09 de diciembre de 2025, ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, las Sociedades: Inmobiliaria e Inversiones Choroico limitada; Gustavo Cuevas Manríquez y Compañía Limitada ambas representadas por Gustavo Amos Cuevas Manríquez, todos domiciliados en Avenida Nueva Costanera 3445, oficina 21, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron la sociedad CUEVAS ABOGADOS LIMITADA, inscrita a fojas 35.605, número 19.755 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016; cesión de derechos: INMOBILIARIA E INVERSIONES CHOROICO LIMITADA vende, cede y transfiere el diez por ciento de sus derechos sociales que detenta en Cuevas Abogados Limitada a BÁRBARA FRANCISCA ROMÁN YÁÑEZ quien, los compra y adquiere para sí. Modificación social. En virtud de lo anterior, los socios acuerdan modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de cuarenta y tres millones seiscientos ochenta y cuatro mil cincuenta y un pesos que los socios han enterado en dinero efectivo en las proporciones siguientes: a) Gustavo Cuevas Manriquez y Compañía limitada ha aportado en dinero efectivo el equivalente al setenta por ciento del capital social. b) Inmobiliaria e Inversiones Choroico limitada ha aportado en dinero efectivo el equivalente al veinte por ciento del capital social; y, c) Bárbara Francisca Román Yáñez ha aportado en dinero efectivo el equivalente al diez por ciento del capital social”. Los socios limitaron responsabilidad hasta el monto de los respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de diciembre de 2025.