MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Asesorías e Inversiones VVS SpA

RUT 77699600-9 CVE 2754705
Fecha instrumento
17 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de diciembre de 2025
Repertorio
21942
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
Se acordó modificar el nombre de la Sociedad, exclusivamente en lo pertinente a su nombre de fantasía, pudiendo actuar la Sociedad bajo los nombres de fantasía “Criteria SpA” o “Criteria”. De este modo, el artículo primero de los estatutos de la Sociedad, relativo al nombre de la Sociedad quedó como sigue: “El nombre o razón social de la sociedad será “Asesorías e Inversiones VVS SpA”, pudiendo actuar bajo los nombres de fantasía “Criteria SpA” o “Criteria”, para todos los fines, especialmente para efectos de publici dad, propaganda u operaciones ante bancos e instituciones financieras”. /B/

Objeto social

Se acordó modificar el objeto de la Sociedad, quedando como sigue: “El objeto de la sociedad es: i) La prestación de servicios de asesorías de investigación de mercado, marketing , publicidad, computación, estudios públicos y de opinión, comunicaciones; diseño e implementación de estrategias corporativas; organizar y dictar cursos de adiestramiento y cap acitación; efectuar selección de personal para terceros; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas nacionales o extranjeras; ii) la adquisición, explotación, construcción, arrendamiento, administración, intermediación, comercializa ción y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, sea directamente o a través de sociedades filiales o coligadas, en el país o en el extranjero; iii) realizar todo tipo de inversiones en bienes cor porales o incorporales, muebles o inmuebles, y especialmente en derechos o acciones de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, incluyendo comunidades y asociaciones de cualquier tipo, cuotas o directamente mediante aportes en dinero o en especie a fondos de inversiones, a título gratuito u oneroso, en el país o en el extranjero, ya sea desde su constitución o ingresando a las ya formadas, comprendiendo administrarlas, recibir sus frutos y reinvertirlos sin restricción de ninguna especie, con fines rentísticos; y, iv) la realización de todos los actos y contratos necesarios, afines o conducentes para el desarrollo de las actividades señaladas en los números precedentes.”. Se modificó el Artículo Primero y Tercero de los estatutos sociales, en lo relativo al nombre y al objeto social, respectivamente, de modo de reflejar las antedichas modificaciones. Además, se acordó modificar los estatutos de la Sociedad en materias que no son de extracto y otorgar un texto refundido de los estatutos sociales, para implementar las modificaciones antes señaladas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico que: por escritura pública de fecha 17 de diciembre de 2025, repertorio N°21.942 correspondiente al año 2025, ante mí, se redujo el acta de la junta extraordinaria de accionistas de fecha 17 de diciembre de 2025 de Asesorías e Inversiones VVS SpA (inscrita a fojas 359 número 251, en el el Registro de Comercio de Santiago de 2002), en adelante, la “Sociedad”, en la que los accionistas comparecientes, a saber : i) Doña Loreto Inversiones SpA, rol único tributario N°77.741.459-3; ii) Silva Echeñique Limitada, rol único tributario N°76.365.845-7; iii) don José Matías Chaparro Vio, cédula de identidad N°8.825.402-3; e, iv) Inversiones Valdivieso SpA, rol único tributario N°76.811.420-K, acordaron de forma unánime modificarla en las siguientes materias: /A/ Nombre de fantasía: Se acordó modificar el nombre de la Sociedad, exclusivamente en lo pertinente a su nombre de fantasía, pudiendo actuar la Sociedad bajo los nombres de fantasía “Criteria SpA” o “Criteria”. De este modo, el artículo primero de los estatutos de la Sociedad, relativo al nombre de la Sociedad quedó como sigue: “El nombre o razón social de la sociedad será “Asesorías e Inversiones VVS SpA”, pudiendo actuar bajo los nombres de fantasía “Criteria SpA” o “Criteria”, para todos los fines, especialmente para efectos de publici dad, propaganda u operaciones ante bancos e instituciones financieras”. /B/ Objeto: Se acordó modificar el objeto de la Sociedad, quedando como sigue: “El objeto de la sociedad es: i) La prestación de servicios de asesorías de investigación de mercado, marketing , publicidad, computación, estudios públicos y de opinión, comunicaciones; diseño e implementación de estrategias corporativas; organizar y dictar cursos de adiestramiento y cap acitación; efectuar selección de personal para terceros; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas nacionales o extranjeras; ii) la adquisición, explotación, construcción, arrendamiento, administración, intermediación, comercializa ción y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, sea directamente o a través de sociedades filiales o coligadas, en el país o en el extranjero; iii) realizar todo tipo de inversiones en bienes cor porales o incorporales, muebles o inmuebles, y especialmente en derechos o acciones de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, incluyendo comunidades y asociaciones de cualquier tipo, cuotas o directamente mediante aportes en dinero o en especie a fondos de inversiones, a título gratuito u oneroso, en el país o en el extranjero, ya sea desde su constitución o ingresando a las ya formadas, comprendiendo administrarlas, recibir sus frutos y reinvertirlos sin restricción de ninguna especie, con fines rentísticos; y, iv) la realización de todos los actos y contratos necesarios, afines o conducentes para el desarrollo de las actividades señaladas en los números precedentes.”. Se modificó el Artículo Primero y Tercero de los estatutos sociales, en lo relativo al nombre y al objeto social, respectivamente, de modo de reflejar las antedichas modificaciones. Además, se acordó modificar los estatutos de la Sociedad en materias que no son de extracto y otorgar un texto refundido de los estatutos sociales, para implementar las modificaciones antes señaladas. Demás estipulaciones constan en la escritura que se extracta. Santiago, 08 de enero de 2026.- Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público Titular.