Instrumento
- Fecha
- 12 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 8987/2025
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
- Duración
- La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por período iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Responsabilidad: Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos
- Ley aplicable
- Ley N°3.918
Objeto social
El objeto de la Sociedad es: a) la prestación de toda clase de servicios y asesoría todo tipo de personas o empresas en el ámbito de inversiones; y, b) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores
Administración
La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderán a los socios a don Exequiel Anfruns Bustos y doña Caterina Alessandra Utili Escudero quienes actuando individualmente y anteponiendo a su firma personal la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, pudiendo también autocontratar con la Sociedad, con todas las facultades señaladas en el presente Artículo. Sin perjuicio de lo anterior, y en el caso que la operación, individualmente considerada supere la cantidad de $5.000.000, ambos administradores deberán actuar conjuntamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 12 de diciembre de 2025, repertorio Nº 8.987/2025, ante mí, don Exequiel Anfruns Bustos, debidamente representado y domiciliado para estos efectos en Luis Carrera 2700 A, departamento 201, Vitacura; y doña Caterina Alessandra Utili Escudero, domiciliada para estos efectos en Luis Matte Larraín 847, Las Condes, Santiago, Chile, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a la Ley N°3.918, de cuyos estatutos se extracta: Razón Social: El nombre de la sociedad o su razón social es “Amelia IN Limitada” (en adelante la “Sociedad”). Administración: La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderán a los socios a don Exequiel Anfruns Bustos y doña Caterina Alessandra Utili Escudero quienes actuando individualmente y anteponiendo a su firma personal la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, pudiendo también autocontratar con la Sociedad, con todas las facultades señaladas en el presente Artículo. Sin perjuicio de lo anterior, y en el caso que la operación, individualmente considerada supere la cantidad de $5.000.000, ambos administradores deberán actuar conjuntamente. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $200.000, que los socios aportan y enteran en este acto, en dinero, en las siguientes cantidades y proporciones: a) Don Exequiel Anfruns Bustos la suma de $100.000, equivalente a un 50% del capital social; y, b) Doña Caterina Alessandra Utili Escudero, la suma de $100.000, equivalente a un 50% del capital social. Objeto: El objeto de la Sociedad es: a) la prestación de toda clase de servicios y asesoría todo tipo de personas o empresas en el ámbito de inversiones; y, b) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Duración: La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por período iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Responsabilidad: Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 08 de enero de 2026.