MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Rayo Servicios Limitada

RUT 76045975-5 CVE 2754254
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de diciembre de 2025
Notaría
Los Andes con asiento en San Esteban
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
18 de diciembre de 2025
Repertorio
969-2025
Notario
CARLOS CRISTOBAL AYLWIN DOMINGO
Oficio
Tercera Notaría de Los Andes con asiento en San Esteban
Comuna
Los Andes con asiento en San Esteban

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago 5)
Duración
Indefinida

Objeto social

a) el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, b) la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena; c) construcción e ingeniería en obras civiles; d) ingeniería eléctrica, e) comercialización de materiales de construcción, y materiales eléctricos. f) diseño, construcción e instalación de tableros eléctricos, sistemas eléctricos, transformadores eléctricos, y generadores, g) diseño, ingeniería, construcción y puesta en marcha de parques solares. h) actividades de ingeniería, asesoría técnica, y tramitación de permisos sectoriales; y cualquier otro acto o negocio que determine su administrador. 4°)

Administración

Israel Alexander Uribe Vega, C.I.:17.445.136-2, con amplias facultades según estatuto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS CRISTOBAL AYLWIN DOMINGO, abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Los Andes con asiento en San Esteban, con oficio en Avenida Alessandri N° 1609, Local 4-A, de esta comuna, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de Diciembre de 2025 repertorio 969-2025, otorgada ante mí, Carlos Orlando Uribe Vega, chileno, C.I.:12.703.141-K, domiciliado en San Rafael 4.981, Los Andes, Región de Valparaíso; e Israel Alexander Uribe Vega, chileno, C.I.:17.445.136-2, domiciliado en Domingo Bonelli 229, Los Andes, Región de Valparaíso; efectuaron modificaciones a “RAYO SERVICIOS LIMITADA”, R.U.T. 76.045.975-5. Primero, Antecedentes previos: mediante Escritura Pública de 02-01-2009, extendida ante el Notario Público de San Felipe, Jaime Polloni Contardo, María Isabel Lorca Droguett, y Carlos Orlando Uribe Vega, constituyeron la Sociedad denominada “Sociedad Rayo Ingeniería Limitada”, nombre de Fantasía “Rayo Ingeniería Ltda.”, R.U.T.:76.045.975-5, su extracto se inscribió en el Registro de Comercio de San Felipe, a Fojas 9 vuelta, Número 8, del año 2.009; su extracto se publicó en el Diario Oficial, el día 16-01-2.009. SEGUNDO: “Sociedad Rayo Ingeniería Limitada”, nombre de Fantasía “Rayo Ingeniería Ltda.”, fue constituida con la suma de un $1.000.000.-, de los cuales María Isabel Lorca Droguett, aporto $200.000.-, equivalente al 20% del capital común; y Carlos Orlando Uribe Vega, aporto $800.000.-, equivalente al 80% del capital común; TERCERO: Mediante Escritura Pública de fecha 04-04-2014, extendida ante el Notario Público de Santiago, Osvaldo Pereira González, María Isabel Lorca Droguett, y Carlos Orlando Uribe Vega, modificaron la Sociedad denominada “Sociedad Rayo Ingeniería Limitada”, nombre de Fantasía “Rayo Ingeniería Ltda.”, el extracto de las modificaciones se inscribió en el Registro de Comercio de San Felipe, a Fojas 117 vuelta, Numero 99, del año 2.014; y se publicó en el Diario Oficial, el día 30-04-2014. Las modificaciones consistieron en modificar el objeto social, y modificar razón social “Sociedad Rayo Ingeniería Limitada”, por “Rayo Servicios Limitada”, y además modificar el nombre de Fantasía “Rayo Ingeniería Ltda.”, por “Rayo Servicios Ltda.”. CUARTO: Mediante escritura pública de 01-07-2014, extendida ante el Notario Público de Santiago, don Osvaldo Pereira González, se procedió a sanear la modificación mencionada en el numeral anterior. La publicación del extracto en el Diario Oficial se realizó el 06-08-2014; y la inscripción se realizó a Fojas 173 vuelta, numero 150, del año 2.014, en el Registro de Comercio de San Felipe. QUINTO: Mediante Escritura Pública de 25-04-2.017, extendida ante el Notario Público de Santiago, Pablo González Caamaño, se efectuaron dos modificaciones a la empresa, la primera consistió en cesión de derechos que efectuó María Isabel Lorca Droguett, la cual cedió un 5% de derechos, equivalentes al 1% del capital a Israel Alexander Uribe Vega, quedando la participación en “Rayo Servicios Limitada”, en un 19% para María Isabel Lorca Droguett; un 80% de Carlos Orlando Uribe Vega; y 1% Israel Alexander Uribe Vega. La segunda modificación fue sobre el domicilio social, el cual, a contar de dicha fecha, será en la ciudad de Santiago. El extracto de las modificaciones, fue publicado en el Diario Oficial del 13-05-2017, y se inscribió en el Registro de Comercio de San Felipe a Fojas 143, número 109, del año 2.017, y se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a Fojas 47.844, Número 25.991, del año 2.017. SEXTO: Mediante Escritura Pública de 27-03-2018, extendida ante el Notario Público de Santiago, Pablo González Caamaño, se efectuó modificación a la empresa, que consistió en cesión de derechos que efectuó María Isabel Lorca Droguett, la cual cedió un 95% de sus derechos sociales, equivalentes al 19% del capital a Israel Alexander Uribe Vega. Con la cesión de derechos, la participación en “Rayo Servicios Limitada” nombre de Fantasía “Rayo Servicios Ltda.”, es de 80% Carlos Orlando Uribe Vega, y 20% de Israel Alexander Uribe Vega. El extracto de la modificación, fue publicado en el Diario Oficial del 30-04-2.018, y se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a Fojas 31.279, Número 16.519, del año 2.018. SEPTIMO, Modificación social: Por medio del presente Carlos Orlando Uribe Vega, C.I.:12.703.141-K, vende, cede y transfiere a Israel Alexander Uribe Vega, C.I.:17.445.136-2, quien acepta para sí, su participación equivalente al 80% del capital social en “Rayo Servicios Limitada”, nombre de fantasía “Rayo Servicios Ltda”. El precio de la cesión es la suma de $8.000.000.-, que serán pagados por don Israel Alexander Uribe Vega, a don Carlos Orlando Uribe Vega, a más tardar el 30-12-2.026. OCTAVO: En virtud de la cesión de derechos sociales, la participación de don Israel Alexander Uribe Vega, en “Rayo Servicios Limitada”, nombre de fantasía “Rayo Servicios Ltda”, es de un 100%.- NOVENO: En consideración que don Israel Alexander Uribe Vega, es dueño del 100% de los derechos sociales en “Rayo Servicios Limitada”, nombre de fantasía “Rayo Servicios Ltda”, se procederá a su transformación en una sociedad por acciones, de acuerdo con los siguientes numerales.- .- DECIMO: TRANSFORMACION: Por medio del presente acto Israel Alexander Uribe Vega, viene en transformar la Sociedad denominada “Rayo Servicios Limitada”, nombre de fantasía “Rayo Servicios Ltda”, R.U.T.:76.045.975-5, inscrita en el el Registro de Comercio de Santiago a Fojas 47.844, Número 25.991, del año 2.017(la constitución, y modificaciones fueron mencionadas en los números segundo al sexto de este extracto). Transformándola en una sociedad por acciones, cuyo texto extractado del estatuto social es el siguiente: 1°) Razón Social: “RAYO SERVICIOS SpA”, nombre de Fantasía “RAYO SERVICIOS”, 2°) Accionista: Israel Alexander Uribe Vega, C.I.:17.445.136-2, 3°) objeto: a) el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, b) la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena; c) construcción e ingeniería en obras civiles; d) ingeniería eléctrica, e) comercialización de materiales de construcción, y materiales eléctricos. f) diseño, construcción e instalación de tableros eléctricos, sistemas eléctricos, transformadores eléctricos, y generadores, g) diseño, ingeniería, construcción y puesta en marcha de parques solares. h) actividades de ingeniería, asesoría técnica, y tramitación de permisos sectoriales; y cualquier otro acto o negocio que determine su administrador. 4°) domicilio: Santiago 5) duración: indefinida.- 6) capital social: $10.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas sin valor nominal, de una misma serie y de igual valor, que han sido suscritas, enteradas y pagadas en la forma que establece el artículo primero transitorio de los estatutos.– 7) administración, representación legal, y uso de la razón social: Israel Alexander Uribe Vega, C.I.:17.445.136-2, con amplias facultades según estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Esteban, 8 de enero de 2026.