MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LOPEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 80561500-1 CVE 2754267
Fecha instrumento
23 de mayo de 1956
Notaría
Viña del Mar

Instrumento

Fecha
23 de mayo de 1956
Notario
RAÚL FARREN PAREDES
Oficio
Primera Notaria de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAÚL FARREN PAREDES, Notario Público Primera Notaria de Viña del Mar, Villanelo 66, Viña del Mar, certifica: Por escritura pública de fecha de hoy ante mi, Doña GARBIÑE LOPEZ GABILONDO, por si y en representación de AMAYA CARMELE LOPEZ GABILONDO, y de Doña MAITE BEGOÑA LOPEZ GABILONDO; Don XABIER ANDONI DE UGARTE GARAY; Doña MARIA DOLORES GABILONDO SALEGUI, todas domiciliadas para estos efectos, Calle Valparaíso número cuatrocientos setenta y nueve, Viña del Mar; Don JESUS LOPEZ ARGENTIERI, Don CARLOS ENRIQUE LÓPEZ ARGENTIERI, Don JUAN ALBERTO LÓPEZ ARGENTIERI, y Doña MARIA CRISTINA LOPEZ ARGENTIERI, todos estos últimos comparecientes domiciliados para estos efectos en Calle Victoria número dos mil trescientos treinta y seis, Valparaíso, Modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada, RUT. Nro.80.561.500-1, “LOPEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA“ , constituida escritura de fecha 23 de Mayo de 1956, otorgada ante el Notario de Valparaíso, Don Jorge Alemparte, la que se inscribió a fojas 562 número 382, en el Registro de Comercio del año 1956 del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, como asimismo al margen de las inscripciones de transformación , modificación y cambio de razón social que rola a fojas 996 número 871 del Registro de Comercio del año 1994, y de la ultima y actual de fojas 578 vuelta número 442 del año 2001, del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Valparaíso , transformada con fecha 13 Diciembre 1994, ante notario Valparaíso Alfonso Díaz Sanhueza, Con fecha 18 de Junio del 2001, se modificó y refundió el texto de la sociedad ante el notario publico de Valparaíso Don Marcos Díaz Léon, todas inscritas en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Valparaíso, modifican en el siguiente sentido: Uno) Se modifica la cláusula segunda en el sentido que quedan como socios las siguientes personas:- AMAYA CARMELE LOPEZ GABILONDO, MAITE BEGOÑA LOPEZ GABILONDO, XABIER ANDONI DE UGARTE GARAY, MARIA DOLORES GABILONDO SALEGUI, JESUS LOPEZ ARGENTIERI, CARLOS ENRIQUE LÓPEZ ARGENTIERI, JUAN ALBERTO LÓPEZ ARGENTIERI, y MARIA CRISTINA LOPEZ ARGENTIERI. Dos) Se modifica la cláusula tercera en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social será ejercida indistintamente y separadamente por don Juan Alberto López Argentieri, Carlos Enrique López Argentieri y Xabier Andoni de Ugarte Garay. Tres) Se modifica la cláusula cuarta en el sentido que el capital es aportado y integrado por los socios en la siguiente proporción: a) Doña María Dolores Gabilondo Salegui, el 7,2 % de los derechos sociales; b) Doña Garbiñe López Gabilondo, el 12,6% de los derechos sociales; c) Doña Maite Begoña López Gabilondo, el 12,6% de los derechos sociales. d) Doña Amaya Carmele López Gabilondo el 12,6% de las derechos sociales; e) Xabier Andoni de Ugarte Garay el 5% de los derechos sociales; f) los señores Jesús López Argentieri, Carlos Enrique López Argentieri, Juan Alberto López Argentieri y doña María Cristina López Argentieri, el 12,5% de los derechos sociales cada uno. Se mantiene la limitación de responsabilidad de los socios y la sociedad al monto de sus respectivos aportes y del capital social, no respondiendo de una suma mayor. Asimismo, para ejercer determinadas facultades se requiere la actuación de 2 o 4 mandatarios según la facultad que se ejerza.- Cuatro) Se modifica la cláusula Octava cuyo texto se reemplaza por el siguiente: OCTAVO:- “La sociedad no se disolverá por el fallecimiento de uno de los socios, continuando con el sobreviviente y los herederos del socio fallecido, quienes designarán un mandatario común, sin facultades de administración, para que los represente ante la sociedad”.- En todo lo demás queda vigente el estatuto social original y sus modificaciones que no sean incompatibles con las modificaciones acordadas en el presente instrumento. Viña del Mar, 26 de Noviembre de 2025.