MAURICIO ORTIZ SOLORZA ABOGADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2025
- Notario
- RAMÓN GARCÍA CARRASCO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con Oficio en Rengo 444, Concepción, certifico: Que por escritura pública de fecha 18.12.2025, Rep.n°12.607-2025, ante mí, MAURICIO ALEJANDRO ORTIZ SOLORZA, abogado, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins número ochocientos dieciséis, oficina número treinta y cinco, Concepción; NICOLÁS MAURICIO OLIVA LEAL, abogado, domiciliado en calle Obispo Hipólito Salas número cuatrocientos cuarenta y cinco, Concepción; y YENIFER MACARENA ESCOBAR ROBLES, abogada, domiciliada en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins número ochocientos dieciséis, oficina número treinta y cinco, Concepción, acordaron la cesión de derechos sociales y la modificación de la sociedad MAURICIO ORTIZ SOLORZA ABOGADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT.N° 77.992.838-1, inscrita a fojas ciento dieciséis número noventa y cinco del Registro de Comercio de dos mil veintitrés del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Concepción. CESIÓN DE DERECHOS: NICOLÁS MAURICIO OLIVA LEAL vende, cede y transfiere a MAURICIO ALEJANDO ORTIZ SOLORZA la mitad de sus derechos de participación social, equivalente al uno por ciento de los derechos sociales, quien compra, acepta y recibe para sí dicha participación social. El precio asciende a la suma de cien mil pesos chilenos que el comprador paga en este acto al contado y en dinero efectivo. CESIÓN DE DERECHOS: NICOLÁS MAURICIO OLIVA LEAL vende, cede y transfiere a YENIFER MACARENA ESCOBAR ROBLES, el resto de sus derechos de participación social, equivalente al uno por ciento de los derechos sociales, quien compra, acepta y recibe para sí dicha participación social. El precio asciende a la suma de cien mil pesos chilenos que el comprador paga en este acto al contado y en dinero efectivo. La nueva socia YENIFER MACARENA ESCOBAR ROBLES, limita su responsabilidad al monto de su aporte. RETIRO: NICOLÁS MAURICIO OLIVA LEAL se retira de la sociedad, declarando que nada se le adeuda por concepto de utilidades, beneficios sociales y por ningún otro concepto. CONSENTIMIENTO. La totalidad de los socios consienten unánimemente en aceptar las cesiones pactadas y en el retiro del socio. MODIFICACIÓN: Se modifica la cláusula octava de los estatutos sociales, quedando estipulada de la forma siguiente: “OCTAVO. Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios en una proporción de noventa y nueve por ciento respecto del socio MAURICIO ALEJANDRO ORTIZ SOLORZA y de un uno por ciento respecto de la socia YENIFER MACARENA ESCOBAR ROBLES. El mismo porcentaje de participación en los beneficios y pérdidas se aplicará, en su calidad de socios industriales, respecto de los aportes en trabajo o servicio estipulados en la cláusula sexta de estos estatutos”. CAPITAL: $5.000.000.- Demás Estipulaciones en escritura extractada.- Concepción, 30 de Diciembre de 2025.