Inversiones y Comercial Mirai S.A.
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 11507-2025
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $706.866 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, según Decreto número cuatrocientos ochenta y cinco de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, con domicilio en Avenida El Golf número 99, oficina 101 B, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2025, repertorio N°11507-2025, otorgada ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad INVERSIONES Y COMERCIAL MIRAI S.A. (en adelante la “Sociedad”, RUT 76.057.484-8, inscrita a Fs. 19337 N° 13104 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009) de fecha 26 de diciembre de 2025, a la que comparecieron Tsubaki Inversiones SpA y JFC International Inc., únicos accionistas de la Sociedad, en la que se acordó, entre otras materias: (Uno) la creación de dos series de acciones, a saber: i) 10 acciones Serie A, con derecho a voto y a dividendo preferente; y ii) 90 acciones Serie B, con derecho a voto. Las preferencias, derechos y limitaciones de las series de acciones creadas constan en la escritura extractada; y (Dos) En razón de los acuerdos adoptados, se acordó reformar los estatutos de la Sociedad, reemplazando íntegramente el Artículo Quinto, Artículo Diecinueve y la Cláusula Primera Transitoria de los estatutos sociales, de los cuales se extracta lo siguiente en lo relativo al capital social: El capital de la Sociedad es la cantidad de $706.866 pesos, dividido en 100 acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales: i) 10 acciones corresponden a acciones Serie A, y las restantes 90 acciones corresponden a acciones Serie B, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado a la fecha de la escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 30 de diciembre de 2025.- Magdalena Larraín Latorre, Notario Público Interino.