INGENIERIA Y CONSTRUCTORA MANUEL SANCHEZ CARRIEL E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO VALENZUELA LEON, Abogado Notario Público, Reemplazante del titular de la 3ª Notaria de Santiago, don GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ, Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N°2102, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de hoy ante mí, Don MANUEL ERASMO SANCHEZ CARRIEL, domiciliado en calle Los laureles, parcela N°19, comuna de Limache, V Región; Don VICTOR MANUEL MARDONES MARDONES, domiciliado en San Martin N°870, departamento 1009, Comuna Santiago, y Doña CATHALINA NICOL QUIROZ GONZALEZ, domiciliada en calle Porvenir N°1.506, Villa Alemana V Región; vienen en transformar y modificar sociedad Empresa Individual de Responsabilidad Limitada razón social “INGENIERIA Y CONSTRUCTORA MANUEL SANCHEZ CARRIEL E.I.R.L., inscrita en el Registro de Comercio a fojas cinco mil seiscientos cincuenta y seis número cuatro mil veinte y siete año dos mil trece y se publicó en el Diario Oficial con fecha veinte y cinco de enero dos mil trece, Siguientes términos; Don MANUEL ERASMO SANCHEZ CARRIEL es actualmente es único socio con el 100% del capital y este se encuentra totalmente enterado, Don Manuel Sánchez Carriel como su representante legal, la sociedad que gira en esta plaza bajo la razón social “INGENIERIA Y CONSTRUCTORA MANUEL SANCHEZ CARRIEL E.I.R.L.” inscrita en el Registro de Comercio a fojas 5.656 N°4.027 año 2013, última modificación se suscribió se inscribió a fojas 84.469 N°55.358 año dos mil trece, ambas en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; a) Por este instrumento Don MANUEL ERASMO SANCHEZ CARRIEL cede y transfiere a Doña CATHALINA NICOL QUIROZ GONZALEZ, quien acepta y adquiere para sí, el 99% de sus derechos en la sociedad referida en la cláusula anterior, siendo el precio de esta sesión la suma de $2.000.000, que el cesionario paga de contado, en dinero en efectivo, en este acto, del que se da por recibido el cedente a su entera satisfacción y conformidad B)Don Manuel Sánchez Carriel, cede y transfiere a don VICTOR MANUEL MARDONES MARDONES, quien acepta y adquiere para sí, el 1% de sus derechos en la sociedad referida en la cláusula anterior, siendo el precio de esta sesión la suma de $400.000, que el cesionario paga de contado, en dinero efectivo, en este acto el que se da por recibido el cedente a su entera satisfacción. Que por este acto Doña CATHALINA NICOL QUIROZ GONZALEZ y Don VICTOR MANUEL MARDONES MARDONES, viene en transformar la antedicha empresa en una sociedad de responsabilidad limitada, Constituyente con doña Cathalina Nicol Quiroz Gonzalez y Víctor Manuel Mardones Mardones, ya individualizados, la que se regirá por las disposiciones de la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, por los preceptos pertinentes de los códigos Civil y comercio y especialmente, por el presente estatuto que se contiene en las cláusulas que siguiente.- La razón social de la sociedad será INGENIERIA Y CONSTRUCTORA CATHALINA Y COMPAÑIA LIMITADA. Sin embargo, la sociedad podrá actuar y obligarse válidamente frente a terceros, incluso antes los bancos y sociedades financieras, de la misma forma que con la razón social, usando el nombre de fantasía CONSTRUCTORA CATHALINA LTDA. El domicilio de la sociedad será la de Villa Alemana quinta región, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se acuerde establecer en otros lugares del país o del extranjero. La administración, representación legal, judicial y extrajudicial y el uso de la razón social corresponderá a doña CATHALINA NICOL QUIROZ GONZALEZ quien, se obligará anteponiendo su firma a la razón social y tendrán todas las facultades del giro ordinario de la misma, los cuales se encuentran descritos en la cláusula sexta de escritura de transformación. El capital de la sociedad será la suma de $30.000.000, que se aportan de la siguiente manera: a) La socia doña CATHALINA NICOL QUIROZ GONZALEZ aporta 99%. Esto es la suma de $29.700.000 los cuales se pagan en este acto al contado y en efectivo, que se entera en la caja social, B) El socio Don VICTOR MANUEL MARDONES MARDONES aporta 1% del capital social, esto la suma de $300.000, los cuales se pagan en este acto, al contado y en efectivo, qué se entera en la caja social. Duración será de 10 diez años a contar de la fecha de esta escritura, prorrogándose tacita y automáticamente por periodos iguales, continuos y sucesivos de 3 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino mediante una declaración formulada en tal sentido por escritura publica anotada al margen de inscripción primitiva de la sociedad en el correspondiente Registro de Comercio y todo ello con una anticipación mínima de seis meses a la fecha de vencimiento del plazo primitivo o de cualesquiera de sus prorrogas que estuviere en curso. Santiago, 10-12-2025.