Instrumento
- Fecha
- 12 de diciembre de 2025
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad es, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, pagarés, acciones, derechos sociales y cuotas de fondos de inversión, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y)o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; b) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones, consorcios y otras entidades afines; y c) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad, y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 12 de diciembre de 2025, otorgada ante mí, bajo repertorio número 8.988/2025, don Exequiel Anfruns Bustos, debidamente representado y doña Caterina Alessandra Utili Escudero, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Amelia Investments SpA (en adelante la “Sociedad”). Objeto: El objeto de la Sociedad es, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, pagarés, acciones, derechos sociales y cuotas de fondos de inversión, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; b) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones, consorcios y otras entidades afines; y c) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad, y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de €800, dividido en 800 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para su legalización. Santiago, 06 de enero de 2026.