YAÑEZ Y DEL PINO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 6200
- Notario
- FRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA
- Oficio
- Décimo Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Público Interino de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2025 otorgada ante mí, Repertorio N° 6200 – 2025, GERONIMO CONRADO YÁÑEZ LOYOLA, Técnico Mecánico, C.I. Nº 8.401.694-2, con domicilio en calle Presidente Roosevelt 4721, comuna de Conchalí, Región Metropolitana; JUAN ANTONIO YÁÑEZ LOYOLA, Mecánico, C.I. Nº 7.900.471-5, con domicilio en calle Navidad N° 0248, comuna de Colina, Región Metropolitana y de paso en ésta; EDUARDO FELIPE YÁÑEZ PEÑA, Ingeniero civil en metalurgia, C.I. Nº 17.108.893-3,, con domicilio en calle Presidente Roosevelt 4721, comuna de Conchalí, Región Metropolitana; y, ALEXIS ANDRÉS YÁÑEZ PEÑA, licenciado en lingüística y literatura con mención en literatura, C.I. Nº 19.038.503- 5, con domicilio en calle Presidente Roosevelt 4721, comuna de Conchalí, Región Metropolitana, modificaron sociedad YAÑEZ Y DEL PINO LIMITADA razón social modificada y actualmente vigente YAÑEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, nombre de fantasía METALMEC L Y L LTDA., siguientes sentidos: a) JUAN ANTONIO YÁÑEZ LOYOLA, dueño del 30% del total de los derechos sociales, que se retira, vende: A) GERÓNIMO CONRADO YÁÑEZ LOYOLA el 25% de sus derechos sociales. El precio de esta cesión es la suma de $142.500.000, pagados forma señalada escritura; B) EDUARDO FELIPE YÁÑEZ PEÑA el 2,5% de sus derechos sociales. El precio de esta cesión es la suma de $3.750.000, pagados forma señalada escritura; y C) ALEXIS ANDRES YÁÑEZ PEÑA el 2,5% de sus derechos sociales. El precio de esta cesión es la suma de $3.750.000, pagados forma señalada escritura. Como consecuencia de estas cesiones, quedan como únicos socios don GERONIMO CONRADO YÁÑEZ LOYOLA con un 95% de los derechos sociales; don EDUARDO FELIPE YÁÑEZ PEÑA con un 2,5% de los derechos sociales y don ALEXIS ANDRES YÁÑEZ PEÑA con un 2,5% de los derechos sociales b) Modifican cláusula octava del pacto constitutivo, complementando que la administración corresponde al socio GERÓNIMO CONRADO YÁÑEZ LOYOLA, con facultades que constan en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 7 de enero de 2026.