MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Sociedad de Inversiones Oro Blanco S.A.

RUT 96532830-0 CVE 2753586
Capital
$1.207.408 CLP
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2025
Repertorio
25653-2025
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.207.408 CLP
Domicilio
Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales y oficinas en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley N°18.046

Objeto social

la inversión de dineros y)o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y)o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico que con fecha 29 de diciembre de 2025, ante mí bajo el repertorio 25653-2025, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de Sociedad de Inversiones Oro Blanco S.A. (la “Sociedad”) celebrada con fecha 19 de diciembre de 2025 en mi presencia, en la que se acordaron, entre otras, las siguientes materias extractables: (1) capitalizar los saldos por concepto de sobreprecio en colocación de acciones generado por el aumento de capital acordado en junta extraordinaria de accionistas celebrada con fecha 29 de abril de 2008, ascendente a US$83.212.392, y, respecto del aumento de capital acordado en junta extraordinaria de accionistas de fecha 25 de abril de 2025, capitalizar los saldos por concepto de sobreprecio en colocación de acciones ascendente a US$5.586; todo lo anterior de conformidad con el artículo 26 de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas (“LSA”). Asimismo, cancelar y dejar sin efecto 12.835.537.856 acciones no suscritas ni pagadas que fueron emitidas con cargo al aumento de capital acordado en junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad el 25 de abril de 2025, lo anterior de conformidad al inciso segundo del artículo 20 del Reglamento de la LSA, modificando al efecto los artículos sexto permanente y primero transitorio de los estatutos sociales. De esta forma, el capital social de la Sociedad asciende a la suma de US$1.106.203.951 dividido en 230.423.448.514 acciones sin valor nominal, nominativas y de una misma y única serie de acciones. (2) aprobar la fusión por absorción de Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S.A. (“Pampa Calichera”) en la Sociedad, siendo la primera la sociedad absorbida y la segunda la sociedad absorbente (la “Fusión”). Con motivo de la Fusión, la Sociedad adquirirá todos los activos y pasivos de Pampa Calichera, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones. Por su parte, como consecuencia de la Fusión, Pampa Calichera se disolverá de pleno derecho, sin necesidad de efectuar su liquidación. La Fusión está sujeta a las siguientes condiciones copulativas (las “Condiciones”): (i) que los accionistas de la Sociedad y Pampa Calichera, respectivamente, hayan aprobado por junta extraordinaria de accionistas la operación con partes relacionadas y la Fusión en los términos y condiciones que se proponen, y se hayan reducido a escritura pública las actas de las juntas extraordinarias de accionistas correspondientes; (ii) que, en el caso de ser convocada para los efectos del artículo 71 de la LSA, la junta de accionistas de la Sociedad decida ratificar los acuerdos que motivaron el ejercicio del derecho a retiro, lo que en todo caso se entenderá cumplido en el evento que el directorio de la Sociedad decida no efectuar dicha convocatoria; y (iii) que, en el caso de ser convocada para los efectos del artículo 71 de la LSA, la junta de accionistas de Pampa Calichera decida ratificar los acuerdos que motivaron el ejercicio del derecho a retiro, lo que en todo caso se entenderá cumplido en el evento que el directorio de Pampa Calichera decida no efectuar dicha convocatoria. Una vez cumplidas las Condiciones, la fecha desde la cual la Fusión producirá sus efectos será fijada en escritura pública declaratoria que otorgarán conjuntamente los apoderados designados por la Sociedad y Pampa Calichera. (3) Aumentar el capital de US$1.106.203.951 dividido en 230.423.448.514 acciones sin valor nominal, nominativas y de una misma y única serie de acciones; a la suma de US$1.207.408.561 dividido en 263.761.936.332 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie de acciones, esto es, en US$101.204.610 mediante la emisión de 33.338.487.818 nuevas acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, las que serán emitidas por el directorio de la Sociedad de inmediato, todas las cuales quedarán íntegramente suscritas y pagadas con cargo a la incorporación del patrimonio de Pampa Calichera. En efecto, los accionistas de Pampa Calichera recibirán como única contraprestación 109 nuevas acciones de la Sociedad por cada acción serie A de Pampa Calichera de que sean titulares y 120 nuevas acciones de la Sociedad por cada acción serie B de Pampa Calichera de que sean titulares, de acuerdo a la relación de canje acordada y señalada en los términos y condiciones que sirvieron de base para la Fusión, y que fueron elaborados en conformidad a los rangos propuestos por el evaluador independiente e informe pericial. A su vez, se acordó modificar los artículos sexto permanente y primero transitorio de los estatutos sociales en los términos que se indica en escritura extractada. (4) aprobar modificar artículos del estatuto social, que no son materia de extracto, con motivo de la pérdida de vigencia y validez de los mismos; y dictar un texto refundido de los estatutos sociales de manera de reflejar en ellos los cambios y modificaciones acordados, cuyas materias de extracto son: Nombre: Sociedad de Inversiones Oro Blanco S.A. Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales y oficinas en otros puntos del país o del extranjero. Duración: indefinida. Objeto: la inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de US$1.207.408.561 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 263.761.936.332 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, el que se entera y enterará de la siguiente forma: (i) dejando constancia y reconociendo que, en junta extraordinaria de accionistas de la sociedad de fecha 19 de diciembre de 2025, se acordó cancelar 12.835.537.856 acciones emitidas no suscritas ni pagadas, aun cuando el plazo acordado en la junta extraordinaria de accionistas de fecha 25 de abril de 2025 para su colocación, suscripción y pago no haya vencido, quedando el capital en la suma de US$1.022.985.973, dividido en 230.423.448.514 acciones sin valor nominal, nominativas y de una misma y única serie de acciones, íntegramente suscrito y pagado al 19 de diciembre de 2025; (ii) dejando constancia que, en junta extraordinaria de accionistas de la sociedad de fecha 19 de diciembre de 2025, se acordó capitalizar los saldos por concepto sobreprecio en colocación de acciones, de conformidad al artículo 26 de la Ley de Sociedades Anónimas, en US$83.217.978 dólares de los Estados Unidos de América, quedando el capital en la suma de US$1.106.203.951, dividido en 230.423.448.514 acciones sin valor nominal, nominativas y de una misma y única serie de acciones, íntegramente suscrito y pagado al 19 de diciembre de 2025; y (iii) con la suma de US$101.204.610 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 33.338.487.818 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se emitirán con cargo al aumento de capital acordado en junta extraordinaria de accionistas de la sociedad de fecha 19 de diciembre de 2025, que acordó y aprobó la fusión por incorporación de Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S.A. en Sociedad de Inversiones Oro Blanco S.A., absorbiendo esta última a aquélla, adquiriendo todos sus activos y pasivos, y sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones. La fusión tendrá efecto y vigencia contable y financiera a contar de la fecha que se indique en la escritura pública declaratoria que se otorgue para estos efectos. En dicha escritura se dejará constancia del cumplimiento de las condiciones establecidas para la fusión. Como consecuencia de la fusión, Sociedad de Inversiones Oro Blanco S.A. será la sucesora y continuadora legal de Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S.A. para todos los efectos legales. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 2 de enero de 2026. Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público.