CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES MÜLFEN LIMITADA

RUT 15957754-6 CVE 2753380
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de noviembre de 2025
Repertorio
6360-2025
Notario
PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO
Oficio
9ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Ley aplicable
ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, Notario Público Titular de la 9ª Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Teatinos N°333, entrepiso, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 18-11-2025, repertorio N°6360-2025, otorgada ante mí, el compareciente: DANIEL SIMON ORSI PEÑALOZA, Rut 15.957.754-6, domiciliado en Puente 516, oficina 1102, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, representando a CARLOS EUGENIO UTRERAS ACEVEDO, C.I.N°14.465.608-3, domiciliado en Constancio Vigil N°500, casa 3, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y AMPARO UTRERAS KOREN, C.I.N°21.938.292-8, domiciliada en Cañaveral N°1084, comuna de Tomé, Región del Biobío, y a MARTIN ANDRÉS SOLÍS UTRERAS, C.I. N° 20.486.659-7, domiciliado en calle O’Higgins N° 1593, comuna de Tomé, Región del Biobío, viene en rectificar escritura de constitución de sociedad de “INVERSIONES MÜLFEN LIMITADA”, otorgada ante mí con fecha 3-10-2025, anotada bajo el repertorio Nº 5.390 del año 2025, se celebró la constitución de sociedad de “INVERSIONES MÜLFEN LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 98.710, bajo el número 36.790 del año 2025 y publicada en el Diario Oficial con fecha 23-10-2025, escritura pública cuyo extracto de inscripción y publicación contiene un error involuntario de digitación, señalando erróneamente el rol único nacional de la socia AMPARO UTRERAS KOREN. El compareciente y con el objeto de evitar nulidades vienen en rectificar la escritura pública ya individualizada y su correspondiente extracto inscrito y publicado, en atención a lo señalado en la ley 19.499, artículo 8, letra B. De tal forma, en la escritura de Constitución de sociedad y en el extracto inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, así como en el extracto publicado en el Diario Oficial, DONDE DICE: “CARLOS EUGENIO UTRERAS ACEVEDO, C.I.N°14.465.608-3, domiciliado en Constancio Vigil N°500, casa 3, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y AMPARO UTRERAS KOREN, C.I.N°21.938.298-8, domiciliada en Cañaveral N°1084, comuna de Tomé, Región del Biobío, y MARTIN ANDRÉS SOLÍS UTRERAS, C.I. N° 20.486.659-7, domiciliado en calle O’Higgins N° 1593, comuna de Tomé, Región del Biobío, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada.”, DEBE DECIR: “CARLOS EUGENIO UTRERAS ACEVEDO, C.I.N°14.465.608-3, domiciliado en Constancio Vigil N°500, casa 3, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y AMPARO UTRERAS KOREN, C.I.N°21.938.292-8, domiciliada en Cañaveral N°1084, comuna de Tomé, Región del Biobío, y MARTIN ANDRÉS SOLÍS UTRERAS, C.I. N° 20.486.659-7, domiciliado en calle O’Higgins N° 1593, comuna de Tomé, Región del Biobío, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada.”. Dicho error se encuentra en la individualización de los socios. La facultad de rectificar el error ya descrito se establece en la cláusula TERCERA de dicha constitución de sociedad en atención a un mandato especial suscrito por el otorgante ya singularizado. Todas las demás cláusulas contenidas en escritura de constitución se mantienen vigentes sin modificación de ninguna especie. CAPITAL CONSTITUTIVO: $1.000.000.-