Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 25356/2025
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: que: por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2025, Repertorio N° 25.356/2025, otorgada ante mí, compareció don Diego Vicente Peña Diez, cédula de identidad número 15.638.175-6, quien constituyó una sociedad por acciones, denominada “CVC Holding Chile SpA” (en adelante, la “Sociedad”) de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: CVC Holding Chile SpA. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en Chile o el extranjero en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos, como así mismo, la compra y adquisición, venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios en general; b) la compra, venta, subasta y enajenación de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales; c) efectuar y desarrollar inversiones o negocios de cualquier naturaleza tanto en Chile como en el extranjero, relativos a todo tipo de bienes, ya sea en bienes muebles o inmuebles, propios o ajenos, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose sin que la enumeración sea taxativa la inversión en tecnologías, efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales pudiendo comprar, vender, liquidar o conservar tales inversiones; d) la administración de tales inversiones y la percepción de los frutos o rentas que se generen por estas; e) prestar servicios profesionales y asesorías, en la planificación, desarrollo, evaluación y en general cualquier otra actividad relacionada con los objetos mencionados; y f) cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la Sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social. Domicilio: Santiago región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el cual se encuentra suscrito de la siguiente forma: Diego Vicente Peña Diez, suscribe y paga en este acto, en dinero efectivo, la cantidad de 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, por un valor de $1.000.000, los cuales quedan ingresados a la caja social, en dinero en efectivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de enero de 2026.