CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL ALERCES SpA

CVE 2753439
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2025
Repertorio
17747
Notario
MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA
Oficio
Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago, Región Metropolitana. 5
Duración
Indefinida

Objeto social

a) comercialización, exportación, importación de toda clase de mercancías, compra, venta, administración y explotación, para fines de inversión y renta, de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, debentures, derechos, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero; b) la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas operaciones, inversiones y su administración; c) la prestación de servicios y asesorías, especialmente en materia económica, financiera, comercial, gerencial y administrativa; d) la representación de empresas nacionales y extranjeras; e) la participación en todo tipo de sociedades, como socio o accionista y, f) la realización de todos los negocios y actividades que los accionistas acuerden y que estén relacionadas con las actividades anteriores. 3

Administración

La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a doña SOLANGE VERA SANTIBÁÑEZ y a doña TANIA ALEJANDRA TOLOZA VERA, ambas ya individualizadas, quienes estarán investidas con las más amplias facultades, conforme a lo dispuesto en el artículo décimo de los estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Abogada, Notario Público Titular de la Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N. ° 3.039, Quinto Piso, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, certifico: Que mediante escritura pública de fecha 22 de Diciembre de 2025, bajo repertorio 17747, ante mí, comparecieron doña SOLANGE VERA SANTIBÁÑEZ, cédula nacional de identidad número once millones ochocientos cincuenta y tres mil quinientos noventa y siete guion nueve, y doña TANIA ALEJANDRA TOLOZA VERA, cédula nacional de identidad número diecinueve millones doscientos ochenta y nueve mil quinientos veinte guion cero, para efectos de constituir una sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto a continuación: 1. Razón social: COMERCIAL ALERCES SpA, pudiendo utilizar también, como nombre de fantasía, incluso ante los bancos y terceros, “COMERCIALIZADORA ALERCES”. 2. Objeto: a) comercialización, exportación, importación de toda clase de mercancías, compra, venta, administración y explotación, para fines de inversión y renta, de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, debentures, derechos, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero; b) la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas operaciones, inversiones y su administración; c) la prestación de servicios y asesorías, especialmente en materia económica, financiera, comercial, gerencial y administrativa; d) la representación de empresas nacionales y extranjeras; e) la participación en todo tipo de sociedades, como socio o accionista y, f) la realización de todos los negocios y actividades que los accionistas acuerden y que estén relacionadas con las actividades anteriores. 3. Capital Social: diez millones de pesos, dividido en diez mil acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en forma señalada en la escritura extractada. 4. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana. 5. Duración: Indefinida. 6. Administración: La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a doña SOLANGE VERA SANTIBÁÑEZ y a doña TANIA ALEJANDRA TOLOZA VERA, ambas ya individualizadas, quienes estarán investidas con las más amplias facultades, conforme a lo dispuesto en el artículo décimo de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de enero de 2026.-