Instrumento
- Fecha
- 5 de enero de 2026
- Repertorio
- 240-2026
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderán al administrador o administradores, quienes serán designados por instrumento público por los accionistas que representen, a lo menos, el sesenta y seis por ciento de las acciones con derecho a voto, suscritas y pagadas, de la sociedad, al momento de la designación. Para estos efectos, se considerará titular de las acciones respectivas, a quien sea usufructuario de ellas, según corresponda. Los mandatarios administradores tendrán las facultades y las limitaciones que a ellas se fijen en dicho instrumento. Así, los mandatarios designados, actuando de la manera establecida en su designación, y anteponiendo la razón social a las firmas, representarán a la sociedad con amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos y ejecutar todos los negocios de su giro ordinario. Se designa como administrador de la Sociedad a don MAGALLANES FRANCISCO ESPINOSA BERTRÁN, quien actuando individualmente, y anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos y ejecutar todos los asuntos y negocios relacionados con el cumplimiento del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público Titular de la 38ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea Nº 3477, oficina 10, comuna Las Condes, certifica: Que por escritura pública, de fecha 5 de enero de 2026, Repertorio Nº 240-2026, otorgada ante mí: don MAGALLANES FRANCISCO ESPINOSA BERTRÁN, constituye sociedad por acciones: Nombre: “SC INVERSIONES SpA” y también podrá usar y obligarse válidamente bajo el nombre de fantasía de “SC INVERSIONES”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: A) Realizar todo tipo de inversiones, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades, acciones, bonos, valores mobiliarios y en general efectos de comercio, administrarlos y explotarlos bajo cualquier forma, percibir sus frutos y reinvertirlos, pudiendo ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con estas inversiones; B) Adquirir y enajenar toda clase de bienes corporales e incorporales, incluso derechos y acciones con propósito de inversión o renta. Las inversiones en bienes corporales o incorporales, sean muebles o inmuebles, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, comercializarlos, enajenarlos y darlos en arriendo, percibir e invertir sus frutos; C) Además, la sociedad podrá asociarse con empresas similares o administrarlas y tomar la representación de personas naturales o jurídicas, sean nacionales o extranjeras, públicas o privadas en la celebración o ejecución de toda clase de actos y contratos, para la obtención de rentas o beneficios provenientes de toda clase de inversiones mobiliarias o inmobiliarias, incluyendo transacciones o inversiones en acciones, derechos sociales, bonos, debentures y efectos de comercio. D) la participación o administración a cualquier título en sociedades, comunidades o asociaciones de cualquier naturaleza que tengan relación con sus actividades; E) Para los efectos señalados anteriormente, la Sociedad podrá ejecutar, administrar y usar a cualquier título bienes muebles e inmuebles, como también ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios que tiendan directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social; F); En general, la sociedad podrá contraer toda clase de obligaciones y realizar cualquier otra actividad o negocio que los socios acuerden llevar a efecto sin necesidad de modificar el pacto social y que permitan un mejor aprovechamiento de la organización de esta sociedad, sin limitación alguna; y en general, la realización de todos los actos y contratos conducentes al giro social.- Domicilio: La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, Chile, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales, representaciones o delegaciones en otros puntos del país o del extranjero.-Duración: Indefinida. Capital: El capital social, asciende a la suma de $2.000.000.- de pesos dividido en 2.000 acciones nominativas, todas de una misma serie e igual valor, y sin valor nominal, que se encuentra suscrito y pagado totalmente. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderán al administrador o administradores, quienes serán designados por instrumento público por los accionistas que representen, a lo menos, el sesenta y seis por ciento de las acciones con derecho a voto, suscritas y pagadas, de la sociedad, al momento de la designación. Para estos efectos, se considerará titular de las acciones respectivas, a quien sea usufructuario de ellas, según corresponda. Los mandatarios administradores tendrán las facultades y las limitaciones que a ellas se fijen en dicho instrumento. Así, los mandatarios designados, actuando de la manera establecida en su designación, y anteponiendo la razón social a las firmas, representarán a la sociedad con amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos y ejecutar todos los negocios de su giro ordinario. Se designa como administrador de la Sociedad a don MAGALLANES FRANCISCO ESPINOSA BERTRÁN, quien actuando individualmente, y anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos y ejecutar todos los asuntos y negocios relacionados con el cumplimiento del objeto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de enero de 2026.