PIRÁMIDES DEL COCHIGUAZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 3106-2025
- Notario
- SERGIO FERNANDO RODRIGUEZ URIBE
- Oficio
- 14° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Administración
viene en modificar la administración y representación de la Sociedad, reemplazando el artículo decimo primero de los estatutos sociales, conforme lo que se indica a continuación. ARTÍCULO DECIMO PRIMERO: ADMNISTRACIÓN. La administración y representación legal de la sociedad será ejercida exclusivamente por doña LUCÍA ANGELA GONZÁLEZ VALDIVIA, quien anteponiendo su firmas a la razón social, representará y obligará a la sociedad con amplias, facultades. El Notario certifica que tuvo a la vista el registro de
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Modificaron sociedad por acciones PIRÁMIDES DEL COCHIGUAZ SpA | socio | 76945163-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO FERNANDO RODRIGUEZ URIBE, abogado, Notario Público Titular 14° Notaría de Santiago, Amunátegui 391, local 1, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 09-12-2025, repertorio 3.106-2025, hoy ante mí, LUCÍA ANGELA GONZÁLEZ VALDIVIA, chilena, casada, empresaria, C.I N° 12.108.581-k, domiciliada en Las Gardenias N° 9927, Comuna de La Florida; y don GONZALO NICOLÁS MARIQUEO GONZÁLEZ, chileno, soltero, factor de comercio, C.I N° 20.188.497-7, domiciliado en calle Jorge Ross Ossa N° 487, casa A, comuna de Puente Alto; Modificaron sociedad por acciones PIRÁMIDES DEL COCHIGUAZ SpA, Rol Único Tributario N° 76.945.163-3, en adelante también la “Sociedad”, es una sociedad por acciones organizada y válidamente existente en conformidad con las leyes de la República de Chile, la que se constituyó por escritura pública de fecha 21 de marzo del año 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Osvaldo Pereira González. Un extracto de dicha escritura fue inscrito a fojas 25.895 número 13.719, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018 y publicado en el Diario Oficial de fecha 12 de abril del año 2018. Modificada por escritura pública de fecha 8 de septiembre del año 2022, otorgada en la Notaria de Santiago de don Sergio Rodríguez Uribe. Un extracto se inscribió a fojas 81.776 número 35805 del Registro de Comercio de Santiago del año 2022 y publicado en el Diario Oficial de fecha 11 de octubre del año 2022.- Modificada por escritura pública de fecha 24 de noviembre del año 2022 otorgada en la Notaria de Santiago de don Sergio Rodríguez Uribe, cuyo extracto se inscribió a fojas 99.757 número 43.809 del Registro de Comercio de Santiago del año 2022 y publicado su extracto en el Diario Oficial de fecha 7 de diciembre del año 2022, número 43.420. El capital de la sociedad es de $1.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal.Vienen en modificar la sociedad en el siguiente sentido: Don GONZALO NICOLÁS MARIQUEO GONZÁLEZ, vende, cede y transfiere a LUCÍA ANGELA GONZÁLEZ VALDIVIA, el total de sus acciones, esto es la cantidad de 50 acciones, quien acepta y adquiere para sí, acto de común acuerdo las partes cedente y cesionaria atribuyen y fijan en un valor equivalente a la suma de quinientos mil pesos, que la cesionaria paga al cedente en este acto al contado, en dinero efectivo, a su entera conformidad..- Como consecuencia de las ventas anteriores, será a contar de esta fecha único socio y accionista de PIRÁMIDES DEL COCHIGUAZ SpA, con cien acciones doña LUCÍA ANGELA GONZÁLEZ VALDIVIA, Asimismo vienen en modificar la Administración y Representación. viene en modificar la administración y representación de la Sociedad, reemplazando el artículo decimo primero de los estatutos sociales, conforme lo que se indica a continuación. ARTÍCULO DECIMO PRIMERO: ADMNISTRACIÓN. La administración y representación legal de la sociedad será ejercida exclusivamente por doña LUCÍA ANGELA GONZÁLEZ VALDIVIA, quien anteponiendo su firmas a la razón social, representará y obligará a la sociedad con amplias, facultades. El Notario certifica que tuvo a la vista el registro de accionista. Demás estipulaciones constan de escritura pública extractada, Santiago 09 de diciembre del 2025.