Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 73302-2025
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública otorgada el 23 de diciembre de 2025, ante mí, Repertorio Nº 73.302-2025, MARIA PAZ MOLINA TOLEDO, constituyó una sociedad por acciones en los siguientes términos: Uno) El nombre de la sociedad es MBM NEXUS SpA. Dos) El objeto de la sociedad es: a) La participación, desarrollo y explotación de toda clase de proyectos de inversión en el sector inmobiliario, así como la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, de toda clase de bienes raíces y de derechos reales constituidos sobre ellos; b) La inversión con fines rentísticos y no con ánimo de venta en toda clase de bienes corporales o incorporales muebles, en todo tipo de bienes, instrumentos, entidades, sociedades o personas, incluyendo la adquisición de o inversión en bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios, cuotas e fondos mutuos, títulos de deuda, pagarés y cualquiera de los demás instrumentos de inversión financiera o del mercado de capitales, de cualquier tipo o moneda, sea de ahorro, reajustable o no, a plazo o condicional, con o sin garantía, sea que actualmente exista o que pueda establecerse en el futuro, ya sea en el país o en el extranjero, y, en general, en cualquier otro instrumento o sistema de inversión, y la administración de estas inversiones y sus frutos; y c) La prestación de servicios de asesorías, consultorías, administración y asistencia técnica en general, a terceras personas naturales o jurídicas, en materias de orden financiero, económico, inmobiliario, inversión u otros similares, en todo tipo de actividades. Tres) El capital social asciende a la suma de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, suscritas, enteradas y pagadas en su totalidad en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. El accionista sólo será responsable hasta el monto de su respectivo aporte en la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de enero de 2026.