INVERSIONES SUÑER Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 6984-2025
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ
- Oficio
- 20ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $840.711 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES GLORIA SpA | socio | 76988996-5 | — | — | |
| Fusionan INVERSIONES SUÑER Y COMPAÑÍA LIMITADA | socio | 76205190-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PUBLICO TITULAR 20ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo N°4990, Las Condes, Certifico: por escritura pública hoy, 22 de diciembre de 2025, Repertorio 6984-2025 ante mí, Don JORGE ANTONIO SUÑER ALVARELLOS, cédula de identidad N° 6.829.532-7, por sí y en nombre y representación, de doña CATALINA ISIDORA SUÑER BUSTILLOS, cédula de identidad N° 18.006.643-8, y de don JOAQUIM ANDREU SUÑER BUSTILLOS, cédula de identidad N° 18.371.910-6; y, doña GLORIA JILL BUSTILLOS MARINOVIC, cédula de identidad N° 9.759.453-8, por sí y en nombre y representación, de INVERSIONES GLORIA SpA, Rol Único Tributario N° 76.988.996-5; todos con domicilio, para los efectos, en Av. Arturo Prat N° 3120, depto. 103, Iquique; (I) Fusionan INVERSIONES SUÑER Y COMPAÑÍA LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.205.190-7, resultante de la transformación de Jorge Suñer Alvarellos y Compañía inscrita fs. 628, N° 380 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Iquique año 2021, la que a su vez se constituyó como resultado de la división de Inversiones D’Ger Limitada inscrita a fs. 1145, N° 1008 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Iquique año 2004; con INVERSIONES GLORIA SpA, Rol Único Tributario N° 76.988.996-5, inscrita fs. 70, N° 33 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Iquique año 2019, mediante la incorporación o absorción de INVERSIONES GLORIA SpA por INVERSIONES SUÑER Y COMPAÑÍA LIMITADA, y, por tanto, incorporándose todos los activos, pasivos y patrimonio de la sociedad absorbida en la sociedad absorbente, la que los adquiere, disolviéndose, en consecuencia, la sociedad absorbida, sin que sea necesaria su liquidación, ya que la sociedad absorbente es su sucesora o continuadora legal; (II) Acuerdan que, los antecedentes que sirven de base para la fusión y que se entiende formar parte integrante del contrato, que son: 1) Informe de fusión al 30 noviembre 2025; 2) Balance de sociedad absorbente al 30 noviembre 2025; y, 3) Balance de sociedad absorbida al 30 noviembre 2025; (III) Acuerdan que, la relación de canje entre sociedad absorbente y sociedad absorbida implica que la accionista de sociedad absorbida, doña GLORIA JILL BUSTILLOS MARINOVIC, recibe el 25% de derechos sociales de la sociedad absorbente en proporción a su participación en el capital de la sociedad absorbida; (IV) Acuerdan que, la fusión se entiende practicada para efectos financieros a contar del 30 noviembre 2025, no obstante que tributariamente producirá sus efectos a contar de la fecha de la escritura pública, y que la sociedad absorbente llevará el control de los valores tributarios de los activos y pasivos aportados por la sociedad absorbida; (V) Acuerdan que, la sociedad absorbente se hace responsable de todas las deudas u obligaciones que directa, indirecta o eventualmente tuviere la sociedad absorbida, y en los mismos términos en que tales obligaciones hubiesen sido contraídas por ésta, beneficiándose o gravándole todos los plazos, condiciones, modalidades y garantías y excepciones que respecto a tales pasivos tuviere; (VI) Acuerdan que, la sociedad absorbente se hace responsable ante el Fisco de Chile de todos los impuestos, cualquiera fuere su concepto, que la sociedad absorbida adeude o pudiere adeudar por sus bienes, negocios, actos, resultados y por cualquier otro concepto, todo ello sin perjuicio del traspaso de todas las deudas y obligaciones de la sociedad absorbida como consecuencia de la fusión; (VII) Acuerdan que, todos los negocios, resultados, actos o contratos y, en general, cualquier operación que aparezca efectuada por la sociedad absorbida, con posterioridad al 30 noviembre 2025, como, asimismo, cualquier variación que puedan experimentar o haber experimentado los antecedentes contables y financieros cuyos valores han servido de base a la fusión, serán de cargo o beneficio exclusivo de la sociedad absorbente, como si hubieren sido celebrados o realizados por ella misma; (VIII) Disolver la sociedad absorbida, INVERSIONES GLORIA SpA, como consecuencia de la fusión, dejando constancia que en este caso, no procederá la liquidación de la sociedad disuelta por ser la sociedad absorbente la sucesora de la sociedad absorbida; (IX) Con el objeto final de evitar adquirir derechos propios para no mostrar un capital sobrevalorado y llevar a cabo la fusión, disminuyen el capital de la sociedad absorbente, INVERSIONES SUÑER Y COMPAÑÍA LIMITADA, en igual proporción de derechos que tenía la sociedad absorbida, INVERSIONES GLORIA SpA, es decir en $840.711.203; (X) Con el objeto final de cumplir con la relación de canje acordada y llevar a cabo la fusión, aumentan el capital de la sociedad absorbente, INVERSIONES SUÑER Y COMPAÑÍA LIMITADA, en $840.711.203, íntegramente suscrito por la accionista de la sociedad absorbida doña GLORIA JILL BUSTILLOS MARINOVIC, quedando el capital en $3.362.844.812, en consecuencia, modifican el artículo quinto del contrato social de la sociedad absorbente en los siguientes términos: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL. El capital de la Sociedad es la cantidad de tres mil trescientos sesenta y dos millones ochocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos doce pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: (i) El socio don JORGE ANTONIO SUÑER ALVARELLOS, la cantidad de ochocientos cuarenta millones setecientos once mil doscientos tres pesos, aportada y pagada con anterioridad; (ii) El socio don JOAQUIM ANDREU SUÑER BUSTILLOS, la cantidad de ochocientos cuarenta millones setecientos once mil doscientos tres pesos, aportada y pagada parcialmente con anterioridad; (iii) La socia doña CATALINA ISIDORA SUÑER BUSTILLOS, la cantidad de ochocientos cuarenta millones setecientos once mil doscientos tres pesos, aportada y pagada parcialmente con anterioridad; y, (iv) La socia doña GLORIA JILL BUSTILLOS MARINOVIC, la cantidad de ochocientos cuarenta millones setecientos once mil doscientos tres pesos, aportada y pagada parcialmente con anterioridad.”; (XI) Con arreglo a lo dispuesto, quedan como actuales, únicos y exclusivos socios de la sociedad absorbente, INVERSIONES SUÑER Y COMPAÑÍA LIMITADA: 1) Don JORGE ANTONIO SUÑER ALVARELLOS, con una participación en el capital social equivalente al 25%; (ii) Don JOAQUIM ANDREU SUÑER BUSTILLOS, con una participación en el capital social equivalente al 25%; (iii) Doña CATALINA ISIDORA SUÑER BUSTILLOS, con una participación en el capital social equivalente al 25%; y, (iv) Doña GLORIA JILL BUSTILLOS MARINOVIC, con una participación en el capital social equivalente al 25%.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 22 de diciembre de 2025.