CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES MARÍA VICTORIA LIMITADA

RUT 7739276-9 CVE 2752345
Capital
$60.000 CLP
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2025
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2025
Notario
MÓNICA PURÍSIMA QUIROZ TRUJILLO
Domicilio
Teno

Sociedad

Capital
$60.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la comuna de Curicó
Duración
La duración de la sociedad será de doce años contados desde esta fecha, plazo que se entenderá automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, salvo que alguno de los socios, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del período respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse en el Registro de Comercio de Curicó, al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad

Objeto social

El objeto de la sociedad será desarrollar entre otras, la actividad, a cualquier título, en toda clase de inversiones en área mobiliaria e inmobiliaria, en bienes corporales e incorporales, así podrá: invertir en acciones, bonos, debentures y en todo otro tipo de valores mobiliarios, efectuar inversiones en mercados de capitales, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas, pudiendo asumir, incluso, la administración en ellas en área inmobiliaria podrá, adquirir y enajenar bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas directamente o a través de terceros, bajo la forma de arrendamiento u otra cualquiera, la percepción de sus frutos, plantarlos o sembrarlos; todo lo anterior, sin perjuicio de las actividades comerciales que los socios acuerden realizar con la posterioridad a la entrada en vigencia de esta sociedad; y en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a los fines, o cualquiera otra actividad relacionada o no con lo anterior, que acuerden los socios, lo que no deberá ser acreditado ante terceros, estando o no comprendida en el

Administración

La sociedad será administrada por doña MARÍA VICTORIA POZO ROJAS, cédula nacional de identidad N°7.739.276-9, actuando individualmente; y también le corresponderá en forma conjunta a dos cualquiera de los socios don DIEGO HERNÁN MALDONADO POZO, MARÍA LORETO MALDONADO POZO y LUISA BELÉN MALDONADO POZO, con las facultades y limitaciones indicadas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MÓNICA PURÍSIMA QUIROZ TRUJILLO, Notario Público Titular de Teno, con oficio en Avenida Comalle 263, Teno, certifico que, mediante escritura pública otorgada ante mí, con fecha 31 de diciembre de 2025, repertorio número 941/2025, don DIEGO HERNÁN MALDONADO POZO, chileno, cédula de identidad Nº18.595.099-9, empresario, soltero; doña MARÍA LORETO MALDONADO POZO, chilena, cédula de identidad Nº17.156.637-1, empresaria, casada y separada totalmente de bienes; y doña LUISA BELÉN MALDONADO POZO, chilena, cédula de identidad Nº17.797.098-0, empresaria, divorciada, todos domiciliados en Avenida Colón N° 997, comuna y provincia de Curicó, Región del Maule, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “INMOBILIARIA E INVERSIONES MARÍA VICTORIA LIMITADA”.- Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la comuna de Curicó.- Administración: La sociedad será administrada por doña MARÍA VICTORIA POZO ROJAS, cédula nacional de identidad N°7.739.276-9, actuando individualmente; y también le corresponderá en forma conjunta a dos cualquiera de los socios don DIEGO HERNÁN MALDONADO POZO, MARÍA LORETO MALDONADO POZO y LUISA BELÉN MALDONADO POZO, con las facultades y limitaciones indicadas en la escritura extractada.- Objeto: El objeto de la sociedad será desarrollar entre otras, la actividad, a cualquier título, en toda clase de inversiones en área mobiliaria e inmobiliaria, en bienes corporales e incorporales, así podrá: invertir en acciones, bonos, debentures y en todo otro tipo de valores mobiliarios, efectuar inversiones en mercados de capitales, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas, pudiendo asumir, incluso, la administración en ellas en área inmobiliaria podrá, adquirir y enajenar bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas directamente o a través de terceros, bajo la forma de arrendamiento u otra cualquiera, la percepción de sus frutos, plantarlos o sembrarlos; todo lo anterior, sin perjuicio de las actividades comerciales que los socios acuerden realizar con la posterioridad a la entrada en vigencia de esta sociedad; y en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a los fines, o cualquiera otra actividad relacionada o no con lo anterior, que acuerden los socios, lo que no deberá ser acreditado ante terceros, estando o no comprendida en el objeto social.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de $60.000.000 (sesenta millones de pesos), que se entera y paga por los socios de la siguiente manera: A) Diego Hernán Maldonado Pozo, aporta la suma de $20.000.000 (veinte millones de pesos), equivalente a un 33.33% del capital social, con $10.000.000.- (diez millones de pesos), pagados en el acto al contado y en dinero efectivo y el saldo por $10.000.000.- (diez millones de pesos), por enterar según las necesidades de la caja así lo requieran, en un plazo no mayor de 5 años, contados desde la fecha de la escritura pública de constitución. B) María Loreto Maldonado Pozo, aporta la suma de $20.000.000 (veinte millones de pesos), equivalente a un 33.34% del capital social; con $10.000.000 (diez millones de pesos) pagados en el acto al contado y en dinero efectivo y el saldo por $10.000.000 (diez millones de pesos), por enterar según las necesidades de la caja así lo requieran, en un plazo no mayor de 5 años, contados desde la fecha de la escritura pública de constitución. y C) Luisa Belén Maldonado Pozo, aporta la suma de $20.000.000 (veinte millones de pesos), equivalente a un 33.33% del capital social, con $10.000.000.- (diez millones de pesos) pagados en el acto al contado y en dinero efectivo; y el saldo por $10.000.000.- (diez millones de pesos), por enterar según las necesidades de la caja así lo requieran, en un plazo no mayor de 5 años, contados desde la fecha de la escritura pública de constitución. Duración: La duración de la sociedad será de doce años contados desde esta fecha, plazo que se entenderá automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, salvo que alguno de los socios, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del período respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse en el Registro de Comercio de Curicó, al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura de constitución social. Teno, 06 de enero de 2026.