MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

INGENIERÍA DE TRANSPORTES JAVIER CORTES S.A.

RUT 78069250-2 CVE 2752609
Notaría
Santiago

Instrumento

Repertorio
12532
Notario
MAURO FABIÁN AROCA GUERRERO
Oficio
Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será el transporte en cualquiera de sus formas, sea en vehículos propios o de terceros, y todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con el acto de comercio del transporte que acuerde el Directorio de la sociedad. Asimismo, la sociedad podrá prestar servicios de seguridad privada consistentes en la custodia, escolta, acompañamiento y apoyo operativo al transporte de cargas sobredimensionadas, sobredimensionadas indivisibles, extra pesadas y especiales, mediante vehículos de acompañamiento o piloto; la ejecución de labores de seguridad vial, control y apoyo de tránsito, señalización, coordinación operativa y logística, planificación y estudios de ruta; la coordinación con autoridades públicas y privadas competentes; el arriendo de vehículos, equipos y personal especializado; y, en general, la realización de toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con los fines antes indicados, como aquellas descritas en el artículo segundo de la ley número veintiún mil seiscientos cincuenta y nueve. La sociedad podrá adquirir toda clase de bienes para el cumplimiento de su objeto”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAURO FABIÁN AROCA GUERRERO, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1161, entrepiso, Comuna y Ciudad de Santiago certifica: que en Junta Extraordinaria de Accionistas de “INGENIERÍA DE TRANSPORTES JAVIER CORTES S.A.”, Rol Único Tributario Nº 78.069.250-2, celebrada el 29 de Diciembre de 2.025, con mi asistencia, cuya acta se redujo a escritura pública, ante mí, con fecha 30 de Diciembre de 2.025, bajo Repertorio Nº 12.532 – 2.025, sociedad inscrita a Fojas 1.568 Nº 732 del Registro de Comercio del C.B.R. de Santiago del año 1991, en la que encontrándose presentes la totalidad de los accionistas, quienes por unanimidad acordaron modificar el artículo cuarto del Título Segundo del estatuto social, relativo al objeto de la sociedad, de modo que el mismo sea reemplazado por el siguiente: “Artículo Cuarto: Objeto. El objeto de la sociedad será el transporte en cualquiera de sus formas, sea en vehículos propios o de terceros, y todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con el acto de comercio del transporte que acuerde el Directorio de la sociedad. Asimismo, la sociedad podrá prestar servicios de seguridad privada consistentes en la custodia, escolta, acompañamiento y apoyo operativo al transporte de cargas sobredimensionadas, sobredimensionadas indivisibles, extra pesadas y especiales, mediante vehículos de acompañamiento o piloto; la ejecución de labores de seguridad vial, control y apoyo de tránsito, señalización, coordinación operativa y logística, planificación y estudios de ruta; la coordinación con autoridades públicas y privadas competentes; el arriendo de vehículos, equipos y personal especializado; y, en general, la realización de toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con los fines antes indicados, como aquellas descritas en el artículo segundo de la ley número veintiún mil seiscientos cincuenta y nueve. La sociedad podrá adquirir toda clase de bienes para el cumplimiento de su objeto”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de Enero de 2.026.