Factory Soluciones SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de diciembre de 2025
- Notario
- PABLO MARTINEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaria de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $347.386.690 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifica: que con fecha 23 de diciembre de 2025, repertorio número 74802-2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Factory Soluciones SpA, Rol Único Tributario número 76.579.088-3 (la "Sociedad"), inscrita a a fojas 42.212 N° 23.182 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016, celebrada con fecha 17 de diciembre de 2025, la sociedad Godo Parsa, S.A.P.I. de C.V ., Rol Único Tributario número 59.226.900-7, único y actual accionista, según acredité con el Registro de Accionistas que se tuvo a la vista, acordó: Uno) Eliminar las actuales 1.027 acciones ordinarias y las 796 acciones preferentes Serie A, emitiéndose en su reemplazo 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, manteniéndose inalterado el capital social existente; Dos) Aumentar el capital social de la Sociedad desde la cantidad de $347.386.690, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, en la suma de $3.793.162.616, mediante la emisión de 10.919.136 nuevas acciones, quedando el capital en la cantidad de $4.140.549.306, dividido en 11.919.136 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por el único accionista Godo Parsa, S.A.P.I. de C.V ., en la forma indicada en la escritura extractada, y; Tres) Como consecuencia de lo anterior, se procede a modificar el artículo Quinto permanente y el artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, con el objeto de reflejar el nuevo capital social y número de acciones de la Sociedad. La responsabilidad de los accionistas queda limitada al monto de sus aportes respectivos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 05 de enero de 2026.