Instrumento
- Fecha
- 17 de diciembre de 2025
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
En este acto, don CÉSAR EUGENIO MUÑÓZ GONZÁLEZ, en su calidad de único accionista de la Sociedad, se designó a sí mismo como Administrador de esta, y ejercerá la administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, pudiendo actuar en forma individual, con todas las facultades de administración y disposición que la ley y los estatutos confieren a dicho cargo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 17 de diciembre de 2025, otorgada ante don JOSÉ IGNACIO LAVADOS IRIGOYEN, Notario Público Suplente de la 27° Notaría de Santiago, don CÉSAR EUGENIO MUÑÓZ GONZÁLEZ, constituyó sociedad por acciones: Razón Social: “Beyond Summit Exped. SpA” Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país y/o del extranjero. - Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios turísticos en todas sus formas, incluyendo, entre otros, la organización, producción y ejecución de expediciones, paseos, actividades de trekking, excursiones técnicas de alta montaña y desplazamientos a lugares remotos, ya sean éstos agrestes o urbanos. b) La prestación de servicios integrales de logística para expediciones, tales como transporte de pasajeros y carga, alimentación, servicios de camping, alojamiento y la provisión, instalación y emplazamiento de infraestructura temporal o permanente destinada a la comodidad y seguridad de los clientes en zonas alejadas o de condiciones extremas. c) El arrendamiento, importación, adquisición y comercialización de equipamiento técnico necesario para las condiciones climáticas o geográficas de cada expedición. d) La realización de actividades de construcción, acondicionamiento y montaje de instalaciones destinadas a la operación turística en zonas rurales, urbanas o de difícil acceso. e) La instalación y operación de campamentos o puntos de apoyo en terreno que cuenten con personal capacitado, tales como enfermeros, paramédicos o técnicos en primeros auxilios, destinados exclusivamente a brindar asistencia primaria, estabilización inicial y apoyo preventivo ante accidentes ocurridos durante expediciones o actividades turísticas, sin que ello implique la prestación de servicios médicos permanentes ni constitución de centros de salud. f) La prestación de servicios de apoyo, remolque, asistencia y rescate básico de vehículos en zonas agrestes, rutas rurales o caminos de difícil acceso, especialmente en el contexto de expediciones, excursiones u operaciones turísticas. g) La sociedad podrá desarrollar todas las actividades complementarias, accesorias o relacionadas con las antes descritas, así como cualquier otro giro lícito para el adecuado cumplimiento de sus fines. Para todos los efectos, el presente giro se entenderá en su sentido más amplio, pudiendo la sociedad realizar cualquier actividad conexa o afín que permita el desarrollo de sus operaciones. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejercer sus actividades tanto en Chile como en el extranjero, establecer agencias o sucursales, y asociarse con terceros en cualquier forma jurídica permitida por la ley. Duración: Indefinida. Capital: $2.000.000 dividido en 2.000 acciones de una misma y única serie, nominativas y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente manera: Uno) don CÉSAR EUGENIO MUÑÓZ GONZÁLEZ, suscribe 2.000 acciones, equivalentes a $2.000.000, las cuales paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, enterándolo en arcas sociales. De conformidad con lo anterior, el capital social ha quedado íntegramente suscrito y pagado. Administración y Representación: En este acto, don CÉSAR EUGENIO MUÑÓZ GONZÁLEZ, en su calidad de único accionista de la Sociedad, se designó a sí mismo como Administrador de esta, y ejercerá la administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, pudiendo actuar en forma individual, con todas las facultades de administración y disposición que la ley y los estatutos confieren a dicho cargo. Demás estipulaciones no extractables constan en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2025.