CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

LOS ANDES SpA

CVE 2751513
Capital
$10.000 CLP
Notaría
Ñuñoa
Duración
Indefinida

Instrumento

Comuna
Ñuñoa

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será La Florida, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto realizar toda clase de actividades de inversión, administración, representación, gestión, asesoría y desarrollo de negocios en los ámbitos comercial, industrial, mobiliario, inmobiliario y financiero, tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo, en general, ejecutar cualquier acto o contrato lícito que contribuya al cumplimiento de su

Administración

La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá a don Danko Moisés Aldunate Bascuñán, quien actuará como Administrador y Representante Legal, con todas las facultades de administración y disposición establecidas en el artículo 7 del Código de Procedimiento Civil y en la ley. Séptima: Accionista Único. Mientras la sociedad sea unipersonal, el accionista ejercerá directamente todas las facultades de la Junta de Accionistas y del Directorio, dejando constancia escrita de sus decisiones. Octava: Responsabilidad. La responsabilidad del accionista se limita al monto de sus

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO ESTEBAN ROCO CAMPOS, Abogado Notario Público Titular 1ra Notaria de Ñuñoa, con oficio Avenida Irarrázaval N° 1745 oficina B - Santiago, CERTIFICO: Que, por escritura pública de hoy ante mí, don DANKO MOISÉS ALDUNATE BASCUÑÁN, chileno, soltero, cédula nacional de identidad N° 19.036.772 K, doctor en física, domiciliado en Vicuña Mackenna Oriente N° 6197, comuna de La Florida, Región Metropolitana, ha constituido una Sociedad por Acciones, que se regirá por las siguientes cláusulas esenciales y los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio. Primera: Nombre. La sociedad se denomina “LOS ANDES SpA”, pudiendo usar también la sigla “ANDES SpA”, u otra denominación que contenga esas palabras o su abreviatura. Segunda: Domicilio. El domicilio de la sociedad será La Florida, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otras comunas o en el extranjero. Tercera: Duración. Su duración será indefinida, iniciando sus actividades a contar de su registro en el Registro de Empresas y Sociedades. Cuarta: Objeto. La sociedad tendrá por objeto realizar toda clase de actividades de inversión, administración, representación, gestión, asesoría y desarrollo de negocios en los ámbitos comercial, industrial, mobiliario, inmobiliario y financiero, tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo, en general, ejecutar cualquier acto o contrato lícito que contribuya al cumplimiento de su objeto. Quinta: Capital Social. El capital se fija en $10.000.000 (diez millones de pesos chilenos), dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, íntegramente suscritas por el accionista único. El aporte podrá enterarse en dinero, bienes muebles o inmuebles, derechos o créditos, dentro del plazo máximo de cinco años contado desde la constitución. Sexta: Administración y Representación. La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá a don Danko Moisés Aldunate Bascuñán, quien actuará como Administrador y Representante Legal, con todas las facultades de administración y disposición establecidas en el artículo 7 del Código de Procedimiento Civil y en la ley. Séptima: Accionista Único. Mientras la sociedad sea unipersonal, el accionista ejercerá directamente todas las facultades de la Junta de Accionistas y del Directorio, dejando constancia escrita de sus decisiones. Octava: Responsabilidad. La responsabilidad del accionista se limita al monto de sus aportes. Novena: Disolución. La sociedad se disolverá por las causales legales o por decisión del accionista único, pasando en tal caso a liquidación conforme a derecho. Décima: Artículo Transitorio. El accionista único enterará inicialmente $2.000.000 (dos millones de pesos chilenos) en dinero efectivo y el saldo de $8.000.000 (ocho millones de pesos chilenos) dentro del plazo máximo de cinco años, pudiendo hacerlo en dinero o especie, conforme al artículo 425 del Código de Comercio. El domicilio especial para todos los efectos legales será la comuna de La Florida, Región Metropolitana. SANTIAGO 30 DE DICIEMBRE 2025.