MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

COMPAÑÍA DE ADMINISTRADORA FINANCIERA HERMANOS VALDES Y VALDES S.A.

RUT 76930648-K CVE 2751507
Fecha instrumento
5 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de noviembre de 2025
Repertorio
1350
Notario
EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
Oficio
29° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
ley 19.499.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la 29° Notaría de Santiago, con oficio en calle Enrique Mac Iver número 225, piso tres, comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 26 de noviembre del 2025, bajo el Repertorio Nº: 7029-25, ante Notario Titular, se redujo la Junta Extraordinaria de Accionistas de la “COMPAÑÍA DE ADMINISTRADORA FINANCIERA HERMANOS VALDES Y VALDES S.A.”, R.U.T. N°: 76.930.648-K, celebrada el 5 de noviembre de 2025 tratándose entre otros asuntos: Saneamiento, Disminución de Capital y modificación de estatutos. UNO. Saneamiento. Los accionistas acuerdan unánimemente sanear el vicio formal en que se incurrió en la escritura pública de constitución de fecha 13 de julio del año 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de Linda Scarlett Bosch Jiménez repertorio 1350 con oficio en Avenida Apoquindo 4990, Las Condes, Santiago, y del extracto inscrito a fojas 59118 número 30351 del año 2018 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, y publicado en el Diario Oficial con fecha de 17 agosto de 2018 debido a que en el artículo Primero Transitorio se omitió la palabra “mil” luego del número de acciones suscritas por cada accionista, el mismo error aparece tanto en el extracto inscrito y publicado, en tal sentido, por la acciones de don Tomás Patricio Silva Valdés donde dice “seiscientas sesenta” debe decir “seiscientas sesenta mil”, por las acciones de doña Marisol Valdés Contreras donde dice “seiscientas sesenta” debe decir “seiscientas sesenta mil”, y por las acciones de don Maximiliano Andrés Pacheco Valdés donde dice “seiscientas ochenta” debe decir “seiscientas ochenta mil” saneamiento estipulado por los socios en conformidad a la ley 19.499. DOS. Disminución de Capital. Conforme al mismo artículo transitorio de la escritura de constitución, los accionistas suscribieron el capital en partes pagadas y pendientes de pago: Don Tomás Patricio Silva Valdés, suscribió y pagó en dinero efectivo doscientas ochenta y ocho mil setecientas cincuenta acciones, equivalentes a once millones quinientos cincuenta mil pesos, ingresados a la caja social, quedando un saldo pendiente de trescientas setenta y un mil doscientas cincuenta acciones, equivalentes a catorce millones cincuenta mil pesos, a enterar dentro del plazo de tres años; Doña Marisol Cristina Valdés Contreras, suscribió y pago en efectivo doscientas ochenta y ocho mil setecientas cincuenta acciones que fueron pagadas en dinero efectivo, equivalentes a once millones quinientos cincuenta mil pesos, ingresados a la caja social, quedando un saldo pendiente de trescientas setenta y un mil doscientas cincuenta acciones, equivalentes a catorce millones cincuenta mil pesos, a enterar dentro del plazo de tres años; y don MAXIMILIANO ANDRÉS PACHECO VALDÉS, suscribió y pagó en dinero efectivo doscientas noventa y siete mil quinientas acciones que fueron pagadas en dinero efectivo, equivalentes a once millones novecientos mil pesos ingresados a la caja social, quedando un saldo pendiente de trescientas ochenta y dos mil quinientas acciones, equivalentes a quince millones trescientos mil pesos a enterar dentro del plazo de tres años. Que habiendo transcurrido el plazo de tres años sin que se enterara el saldo comprometido, y no se adquirieron tales acciones por la sociedad, o se hubiera efectuado el cobro del pago de las acciones; por lo anterior se acordó por unanimidad la disminución del capital social de ochenta millones de pesos a treinta y cinco millones de pesos, dividido en ochocientas setenta y cinco mil acciones nominativas, todas suscritas y pagadas, dejando constancia de que dicha disminución no importa restitución de aportes ni perjuicio a acreedores, sino sólo una adecuación del capital efectivamente suscrito, enterado y pagado. TRES. Modificación de los estatutos. Los accionistas acuerdan por unanimidad modificar y reemplazar íntegramente los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales contenidos en escritura pública de fecha trece de julio del año dos mil dieciocho, otorgada en la Vigésima Notaría de Santiago de doña Linda Scarlett Bosch Jiménez, Repertorio N° 1350: Artículo Quinto “El capital social es de treinta y cinco millones de pesos dividido en ochocientas setenta y cinco mil acciones nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes.” Se reemplaza el texto del Artículo Primero Transitorio por el siguiente: “El capital social de la sociedad, es de treinta y cinco millones de pesos dividido en ochocientas setenta y cinco mil acciones nominativas, todas de igual valor y sin valor nominal, de una única serie, las cuales se encuentran suscritas y pagadas de la siguiente forma: Uno) Don Tomás Patricio Silva Valdés, ha suscrito y pagado doscientas ochenta y ocho mil setecientas cincuenta acciones, equivalentes a once millones quinientos cincuenta mil pesos, enteradas en dinero efectivo. Dos) Doña Marisol Cristina Valdés Contreras, ha suscrito y pagado doscientas ochenta y ocho mil setecientas cincuenta acciones, equivalentes a once millones quinientos cincuenta mil pesos, enteradas en dinero efectivo. Tres) Don Maximiliano Andrés Pacheco Valdés, ha suscrito y pagado doscientas noventa y siete mil quinientas acciones, equivalentes a once millones novecientos mil pesos enterados en dinero efectivo.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de diciembre de 2025.