South Pacific Trading S.A.
Instrumento
- Fecha
- 26 de noviembre de 2025
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N°19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica que mediante junta extraordinaria de accionistas, celebrada, ante mí, con fecha 26 de noviembre de 2025 cuya acta se redujo a escritura pública de fecha 26 de noviembre de 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio número 65.054-2025, los únicos y actuales accionistas de la sociedad SOUTH PACIFIC TRADING S.A., sociedad inscrita a fojas 20.452, número 16.434, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2001 (la “Sociedad”), acordaron sanear con efecto retroactivo en conformidad con el artículo segundo de la Ley N°19.499, el vicio formal incurrido en la escritura pública de fecha 06 de junio de 2023, otorgada ante don Iván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°979, oficina 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana, bajo el repertorio número 9.016-2023. En consecuencia, se modificaron los Artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales, reemplazando su textos por los siguientes nuevos: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de dos millones ciento noventa mil cuatrocientos siete dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 3.175 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan, y se suscribirán y pagarán, en la forma indicada en los artículos transitorios de estos estatutos. El capital y el valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho cada vez que la Junta Ordinaria de Accionistas apruebe el balance del ejercicio, debiendo este expresar el nuevo capital y valor de las acciones, conforme a la ley”. “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de dos millones ciento noventa mil cuatrocientos siete dólares de los Estados Unidos de América, dividido en tres mil ciento setenta y cinco acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que son suscritas y pagadas, y serán suscritas y pagadas de acuerdo con los términos señalados a continuación: i) mil acciones, equivalentes a seiscientos noventa mil cuatrocientos siete dólares de los Estados Unidos de América, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, ii) dos mil ciento setenta y cinco acciones, equivalentes a un millón quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América, deberán ser suscritas y pagadas en el plazo de un año contado desde el trece de abril de dos mil veintitrés”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 31 de Diciembre de 2025.