CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PROFESIONALES SCHALPER HINRICHS LIMITADA

CVE 2751162
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2025
Repertorio
10641/2025
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
El plazo de duración de la sociedad será de cinco años a contar de esta fecha. La vigencia de la sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos de cinco años, salvo que alguno de los socios dé aviso de su intención de ponerle término

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios médicos ambulatorios u hospitalarios, sea en consultas o cirugías, ya sea directamente a los beneficiarios o pacientes o a través de convenios con terceros, lo anterior en las áreas médicas y clínicas, incluyendo control preventivo, diagnósticos y tratamientos de enfermedades y cualquier otra actividad complementaria o relacionada directamente con dicho ejercicio profesional. La sociedad no podrá realizar actividades comerciales, industriales, extractivas o de cualquier otra índole que no sea la prestación de servicios profesionales

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a doña LAURA HINRICHS GINER y a don MAXIMILIANO ALFREDO SCHALPER SEPÚLVEDA, quienes actuando uno cualesquiera de ellos en forma individual, por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos comprendidos en el giro ordinario de la sociedad, sin necesidad de acreditar esta circunstancia ante terceros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 578, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2025, repertorio N°10.641/2025, ante mí, doña LAURA HINRICHS GINER y don MAXIMILIANO ALFREDO SCHALPER SEPÚLVEDA, ambos con domicilio para estos efectos en calle Camino Los Pastores número cuatro mil setecientos ochenta y nueve, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyas menciones son las siguientes: RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD DE PROFESIONALES SCHALPER HINRICHS LIMITADA. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios médicos ambulatorios u hospitalarios, sea en consultas o cirugías, ya sea directamente a los beneficiarios o pacientes o a través de convenios con terceros, lo anterior en las áreas médicas y clínicas, incluyendo control preventivo, diagnósticos y tratamientos de enfermedades y cualquier otra actividad complementaria o relacionada directamente con dicho ejercicio profesional. La sociedad no podrá realizar actividades comerciales, industriales, extractivas o de cualquier otra índole que no sea la prestación de servicios profesionales. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a doña LAURA HINRICHS GINER y a don MAXIMILIANO ALFREDO SCHALPER SEPÚLVEDA, quienes actuando uno cualesquiera de ellos en forma individual, por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos comprendidos en el giro ordinario de la sociedad, sin necesidad de acreditar esta circunstancia ante terceros. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos, que los socios pagan y aportan de la siguiente forma: a) doña LAURA HINRICHS GINER, aporta en este acto la cantidad de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, los cuales serán pagados dentro del plazo de ciento veinte días; y b) don MAXIMILIANO ALFREDO SCHALPER SEPÚLVEDA, aporta en este acto la cantidad de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, los cuales serán pagados dentro del plazo de ciento veinte días. DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad será de cinco años a contar de esta fecha. La vigencia de la sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos de cinco años, salvo que alguno de los socios dé aviso de su intención de ponerle término. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de diciembre de 2025.