MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

NEUROKIDS SpA

RUT 76607182-1 CVE 2751125
Fecha instrumento
18 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de diciembre de 2025
Notario
LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN
Oficio
39° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN, Notario Público Titular 39° Notaría de Santiago, Avenida Irarrázaval 5420, local 1, Ñuñoa, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2025, Rep. 2.685-2025, ante JAVIERA ANDREA REYES STANDEN, Notario Suplente de esta Notaría: CARMEN PAOLA LEÓN MARTÍNEZ, C.I.N°8.008.085-9, domiciliada en Avda. Simón Bolívar N°7.902, casa J, La Reina y JAVIERA ALEJANDRA LEÓN MARTÍNEZ, C.I. N°17.250.572-4, domiciliada en Avda. Costa de Montemar N°710, dpto. 185, Concón y de paso por esta, suscribieron compraventa de acciones y modificación de sociedad “NEUROKIDS SpA”, del giro de la salud, RUT 76.607.182-1, extracto inscrito a fojas 62.913 número 34.007 del Registro Comercio de Santiago del año 2016, en el siguiente tenor: JAVIERA ALEJANDRA LEÓN MARTÍNEZ, en su calidad de única accionista de la sociedad, resuelve introducir la siguientes modificaciones a los estatutos: A) Modifica la representación y el uso de la razón social, estableciendo en este acto, que la representación legal y el uso de la razón social, a partir de esta fecha, designándola como único administrador de la sociedad, corresponderá en forma exclusiva a doña JAVIERA ALEJANDRA LEÓN MARTÍNEZ, anteponiendo a su firma la razón social de la sociedad o el nombre de fantasía, representando a la sociedad, con las más amplias facultades estipuladas para este cargo, en el título tercero, artículo décimo de la escritura social primitiva ya citada y demás artículos pertinentes, sin limitaciones de ninguna especie, facultades que se entienden por expresamente reproducidas en este acto. B) Asimismo, se modifican los estatutos agregando al final del artículo quinto, la siguiente frase: Para aumentar el capital de la sociedad, deberá existir un acuerdo de los accionistas. En lo no modificado rige pacto social vigente a la fecha. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2025.