Integraciones Productivas Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 3882-2025
- Notario
- PABLO JOSÉ HALES BESELER
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente y de forma separada e individual al Gerente General de la Sociedad y a dos Administradores quienes actuando cualquiera de ellos por sí solo y anteponiendo la razón social a su firma tendrán las más amplias facultades, pudiendo al efecto, por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, celebrar todos los actos, contratos, convenciones, negocios, actuaciones y trámites que se relacionen con el giro de la empresa sin limitación de ninguna clase, en todo tipo de asuntos, contratos, actos y negocios
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO JOSÉ HALES BESELER, Notario Público titular de la Cuadragésima Tercera Notaria de Santiago, con oficio Avenida Padre Hurtado Sur N° 875, local 1054, comuna de Las Condes, Santiago, CERTIFICO: que, por escritura pública con fecha 29 de diciembre de 2025 ante Pablo José Hales Beseler, bajo el Repertorio N° 3882-2025, comparece, Felipe Garnham Poklepovic, chileno, ingeniero comercial, viudo, cédula de identidad N° 7.003.709-2, en representación de Inversiones Garnham y Compañía Limitada, ambos domiciliados en Agustinas 853, comuna de Santiago, único accionista dueño del 100% de las acciones de la sociedad Integraciones Productivas Chile SpA inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 8541 número 5343 del año 2015 modificó la sociedad en el siguiente sentido: Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente y de forma separada e individual al Gerente General de la Sociedad y a dos Administradores quienes actuando cualquiera de ellos por sí solo y anteponiendo la razón social a su firma tendrán las más amplias facultades, pudiendo al efecto, por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, celebrar todos los actos, contratos, convenciones, negocios, actuaciones y trámites que se relacionen con el giro de la empresa sin limitación de ninguna clase, en todo tipo de asuntos, contratos, actos y negocios. Demás estipulaciones escritura extractada. - Santiago, 31 de diciembre de 2025.