Instrumento
- Fecha
- 13 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 413-2025
- Comuna
- Lebu
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRECTIFICACIÓN DE PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVA DE VIVIENDA CERRADA FUERZA NATIVA LIMITADA. Con fecha 27 de noviembre de 2025, fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, bajo el número 44.310, un extracto correspondiente a la constitución de la Cooperativa Cerrada de Vivienda "FUERZA NATIVA LIMITADA", constituida por escritura pública de fecha 13 de noviembre de 2025, Repertorio N° 413-2025, de la 2° Notaría de Lebu. Por error material en dicha publicación, se consignaron datos incorrectos relativos a la integración del Consejo de Administración Provisional y de la Junta de Vigilancia Provisoria. Capital $1.000.000. En consecuencia, y para dejar constancia de la designación correcta, se procede a RECTIFICAR únicamente las secciones correspondientes de dicho extracto, las cuales en su integridad deben leerse de la siguiente manera: CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN PROVISIONAL: Se designó como Consejo de Administración Provisional a: Presidente: Don Víctor David Parra Parra, cédula nacional de identidad N° 14.074.665-7. Vicepresidente: Don Diego Lazcano Sáez, cédula de identidad N° 19.510.183-3. Secretaria: Doña Eugenia Del Carmen Rivas Leal, cédula nacional de identidad N° 16.930.619-2. Tesorero: Don Segundo Moya Guzmán, cédula de identidad N° 6.819.812-7. GERENTE GENERAL PROVISIONAL: Don Ariel Cristopher Moya Méndez, cédula nacional de identidad N° 18.389.004-2. JUNTA DE VIGILANCIA PROVISORIA: Se designó como Junta de Vigilancia Provisoria a: Don Roberto René Carrasco Parada, cédula nacional de identidad N° 9.748.528-3. Doña Silvia del Carmen Cifuentes Antiman, cédula nacional de identidad N° 13.627.501-1. Doña Yahaira Inés Durán Aguirre, cédula nacional de identidad N° 20.571.864-8. Se otorgaron facultades a don Víctor David Parra Parra y a doña Eugenia Del Carmen Rivas Leal, para actuar conjunta o separadamente, a fin de reducir el acta constitutiva a escritura pública, solicitar su inscripción en el Registro de Cooperativas de la División de Asociatividad y Cooperativas, y suscribir las escrituras de saneamiento que sean necesarias. El resto del contenido del extracto publicado en la referida edición del Diario Oficial se mantiene inalterado y es válido.