BOUTIQUE MOTEL G Y G LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2025
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $36.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, abogada, notario público, suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, notario público, titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 22 de diciembre de 2025, ante mí, REP. N° 14.300/2025: comparecieron los socios de “BOUTIQUE MOTEL G Y G LIMITADA”, RUT N°76.105.718-9, inscrita a fojas 259 N°374 del Registro de Comercio de la ciudad de Rancagua del año 2010, esto es, la sociedad INVERSIONES BUTTER GALAZ LIMITADA, del giro de su denominación, RUT N°77.524.824-6, con domicilio en Avenida Nueva Providencia N°1850, oficina 21, comuna de Providencia, Región Metropolitana y doña MARIA GEMITA GALAZ CATALAN, comerciante, cédula de identidad N°8.748.059-3, con domicilio en Fundo Santa Cristina, Parcela 24, comuna y ciudad de Rancagua. Los socios modificaron la sociedad en la siguiente forma: A) Cesión de derechos: 1) INVERSIONES BUTTER GALAZ LIMITADA, vende, cede y transfiere el 25% de la totalidad de los derechos sociales en la sociedad BOUTIQUE MOTEL G Y G LIMITADA, a su socia, MARIA GEMITA GALAZ CATALAN, en el precio de $9.000.000.-, suma que se paga en el acto y al contado. Consecuencia de la cesión y transferencia de derechos, antes indicada, quedan como únicos y exclusivos socios de esta sociedad, doña MARIA GEMITA GALAZ CATALAN con un 33,33% de los derechos sociales y la sociedad INVERSIONES BUTTER GALAZ LIMITADA, con el 66,67% de los derechos sociales. B) Los únicos y actuales socios de la sociedad BOUTIQUE MOTEL G Y G LIMITADA, vienen en modificar la sociedad en el siguiente sentido: Uno) Se modifica el Artículo Quinto del Pacto Social que corresponde al capital social, el que se reemplaza por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de $36.000.000, que los socios han aportado en la siguiente proporción: a) Doña MARIA GEMITA GALAZ CATALAN, con la suma de $11.998.800.-, íntegramente pagados e ingresados en caja social, equivalentes a un 33,33% de los derechos sociales; Y b) La sociedad INVERSIONES BUTTER GALAZ LIMITADA, con la suma de $24.001.200.-, íntegramente pagados e ingresados en caja social, equivalentes a un 66,67% de los derechos sociales”. Dos) Se modifica el Artículo Décimo del Pacto Social que corresponde a las utilidades y pérdidas y se reemplaza por el siguiente: “ARTÍCULO DECIMO: Las utilidades y pérdidas que arroje cada ejercicio social se distribuirán, salvo acuerdo en contrario, en la misma proporción que su participación societaria.” Responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus aportes. Mantienen vigor cláusulas no modificadas del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2025.