SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS TURÍSTICOS RAPALLO SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de septiembre de 2014
- Notario
- Francisco Javier Muñoz Flores
- Domicilio
- y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, compareció don MIGUEL LUIS ANTONIO PENDOLA ITURRA, cédula nacional de identidad número 9.234.659-5 y doña HELGA ELKE PENDOLA ITURRA, cédula de identidad de Chile para Extranjeros número 24.825.974-4, ambos domiciliados en Villa El Carmen Lote tres, Camino Lican Ray, Villarrica, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad por acciones “SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS TURÍSTICOS RAPALLO SpA”, rol único tributario 76.369.945-5, constituida por los comparecientes con fecha 11 de septiembre del año 2014, ante don Alberto Eduardo Rojas López, Notario Público de Santiago, según escritura pública repertorio número dos mil seiscientos sesenta y seis, extracto publicado en Diario Oficial con 15 de septiembre de 2014, edición electrónica número 40959 e inscrita a fojas 154 número 92 del Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica. Los comparecientes, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad, según Registro de Accionistas y de conformidad al artículo 427 del Código de Comercio, vienen en realizar las siguientes modificaciones del estatuto social que consta de escritura pública de constitución de sociedad: i) Se modifica el título décimo, disposiciones transitorias, Artículo primero transitorio, en el siguiente sentido: donde dice: “El capital social asciende a la suma de treinta millones de pesos dividido en diez acciones, sin valor nominal, de una única serie y con un valor de emisión de un millón de pesos cada una. Don MIGUEL LUIS ANTONIO PENDOLA ITURRA, suscribe quince acciones por un valor total de quince millones de pesos, los que paga en este acto en dinero efectivo y enterados en caja social, HELGA ELKE PENDOLA ITURRA LEITZ, suscribe quince acciones por un valor total de quince millones de pesos, los que paga en este acto en dinero efectivo y enterados en caja social.”, debe decir: “El capital social asciende a la suma de treinta millones de pesos dividido en treinta acciones, sin valor nominal, de una única serie y con un valor de emisión de un millón de pesos cada una. Don MIGUEL LUIS ANTONIO PENDOLA ITURRA, suscribe quince acciones por un valor total de quince millones de pesos, los que paga en este acto en dinero efectivo y enterados en caja social, HELGA ELKE PENDOLA ITURRA, suscribe quince acciones por un valor total de quince millones de pesos, los que paga en este acto en dinero efectivo y enterados en caja social. ii) Se modifica el título décimo, disposiciones transitorias, al agregar a continuación del Artículo cuarto transitorio un Artículo Quinto Transitorio, en el siguiente sentido: “Artículo quinto transitorio: Se hace presente que a la fecha de constitución de la sociedad, la compareciente individualizada como HELGA ELKE PENDOLA ITURRA LEITZ, solo contaba con su pasaporte alemán señalado en la referida escritura y que la actual individualización de la compareciente es HELGA ELKE PENDOLA ITURRA, conforme a su cédula nacional de identidad vigente, número veinticuatro millones ochocientos veinticinco mil novecientos setenta y cuatro guión cuatro, para todos los efectos legales. En razón de ello, donde dice “HELGA ELKE PENDOLA ITURRA LEITZ”, debe considerarse hoy “HELGA ELKE PENDOLA ITURRA”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Villarrica, 11 de Diciembre de 2025.-