INVERSIONES Y ASESORÍAS ARRINOR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de diciembre de 2025
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaria de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359 comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública ante mí, con fecha 16 de diciembre de 2025, comparecen: Angelo Arrigoni Rapuzzi; doña María Josefina Norambuena Villalobos y la sociedad Asesorías e Inversiones MOLAMIA SpA, legalmente representada por doña Francesca Arrigoni Norambuena, todos domiciliados para estos efectos en Santa Elena Nº2362, oficina 302, comuna de San Joaquín, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES Y ASESORÍAS ARRINOR LIMITADA”, constituida escritura pública de fecha 16 de junio del año 2000, en la Notaría de Santiago de don Hernán Blanche Sepúlveda, inscrita a fojas 19.092, número 15.267, del Registro Comercio Santiago del año 2000 y publicada siguientes términos: I. Cesión de Derechos Sociales: don Ángelo Arrigoni Rapuzzi, vende cede y transfiere el 4,9% de sus derechos en la Sociedad, a la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES MOLAMIA SpA, debidamente representada, en la suma de $257.000.000, los que el compromete a pagar en un plazo de 3 años. II. Se modifica artículo Cuarto, relativo capital de la sociedad, por el siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000, aportado por los socios en las siguientes proporciones: a) Ángelo Arrigoni Rapuzzi, aporta la suma de $651.000 pesos equivalentes al 65,1% de los derechos sociales, aporte ya enterado en la caja social; b) doña María Josefina Norambuena Villalobos, aporta la suma de $300.000 pesos equivalentes al 30% de los derechos sociales, aporte ya enterado en la caja social; c) Asesorías e Inversiones MOLAMIA SpA, aporta la suma de $49.000 pesos equivalentes al 4,9% de los derechos sociales, aporte ya enterado en la caja social. Adicionalmente, los socios se obligan a aportar sus servicios personales en la medida que lo exijan las necesidades sociales.”. En todo lo no modificado continuarán vigentes y subsistentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de diciembre de 2025.