ENVISION ASESORÍAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 1837-25
- Notario
- ALEJANDRA DEL CARMEN LOYOLA OJEDA
- Oficio
- Tercera Notaría de Santiago con asiento en Providencia con domicilio en Avenida Tobalaba N° 1.469 de esta comuna: Certifico por Escritura Pública de fecha 11 de Diciembre de 2025
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- 10 años a contar de la fecha de la escritura, prorrogable por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno. (vi) Responsabilidad:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRA DEL CARMEN LOYOLA OJEDA, Abogada, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Santiago con asiento en Providencia con domicilio en Avenida Tobalaba N° 1.469 de esta comuna: Certifico por Escritura Pública de fecha 11 de Diciembre de 2025, Repertorio N° 1837-25, ante mí, Oscar Ricardo Segundo Encina Calquín, domiciliado en Martín de Zamora N°3.371, departamento 1.501, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y Daniel Andrés Bustamante Gómez, domiciliado en Corinto N° 1.820, departamento 24, comuna de Vitacura, Región Metropolitana constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: (i) Nombre: El nombre de la sociedad es “ENVISION ASESORIAS LIMITADA”, pudiendo actuar, contratar y funcionar con el nombre de fantasía de ENVISION ASESORIAS LTDA. (ii) Objeto a) La prestación de servicios de programación, operación y mantención de equipos de computación y/o mecánicos o electrónicos; proporcionar asistencia técnica y de programas; dar cursos de capacitación en dichas materias, como asimismo en lo que respecta al empleo de los equipos y programas antes mencionados; la prestación de servicios de asesoramiento en materia de manejo de información que se precise para el mejor desenvolvimiento de empresas; la prestación de toda clase de servicios de asesoramiento computacional contable y administrativo, en especial, en el diseño e implementación de sistemas de información y procesamiento de información con medios manuales, mecánicos y/o electrónicos incluyendo la presentación de servicios integrales de informática, sea por cuenta propia o ajena; el procesamiento de datos y demás actividades relacionadas con bases de datos; el asesoramiento en la selección y adquisición de elementos, sea nacionales o extranjeros, que requiera la ejecución de los fines anteriores, y la producción, comercialización y distribución de sistemas de software; b) Desarrollar la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea civiles o comerciales, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) Adquirir, enajenar, explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, ya sea por cuenta propia o ajena, explotarlos, ya sea directamente o a través de terceros, en cualquier forma, administrando por cuenta propia o ajena dichas inversiones, formar parte de otras sociedades; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio dominio o de sus atribuciones, en relación con cualquier clase de bienes; d) La realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social; e) La realización de cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores descritas, sin que para ellos sea necesario la modificación de los presentes estatutos. Para el logro de sus objetivos, la sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades o asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; así como también podrá ejecutar toda clase de actos de comercio y actividades que se relacionen con su giro. (iii) Capital: El capital social es la suma de $1.000.000, que ha sido aportado y pagado por los socios de la siguiente manera: a) Oscar Ricardo Segundo Encina Calquín, aporta en este acto al contado y en dinero efectivo la suma de $500.000, equivalentes al 50% del capital social; y b) Daniel Andrés Bustamante Gómez, aporta en este acto al contado y en dinero efectivo la suma de $500.000 equivalentes al 50% del capital social. Asimismo, ambos socios acuerdan aportar su trabajo profesional a la sociedad. (iv) Administración y Uso Razón Social: Corresponderá a Oscar Ricardo Segundo Encina Calquín, con amplias facultades según se indica en la cláusula séptima de la escritura extractada. (v) Duración: 10 años a contar de la fecha de la escritura, prorrogable por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno. (vi) Responsabilidad: Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de Diciembre de 2025.