Ágora Centro De Salud Mental Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de diciembre de 2025
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5841, comuna de La Reina, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2025, ante mí, Francisco Javier Montt Claveria y Sophia Alejandra Igor Méndez, domiciliados en Ruta 225, kilómetro 2,6, Parque Santa Otilia, Parcela 1, comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos, y de paso por ésta, vienen a rectificar y sanear, de conformidad a la Ley 19.499, la escritura de constitución de la sociedad Ágora Centro De Salud Mental Limitada, otorgada con fecha 22 de abril de 2020 en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, con domicilio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en el siguiente sentido: Se modifica el Artículo Décimo Primero, relativo a la duración de la Sociedad, por el siguiente: “El plazo de duración de la sociedad será de cinco años y empezará a regir a contar de esta fecha y se entenderá renovado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años mientras ninguno de los socios exprese su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con tres meses de anticipación a lo menos al vencimiento del término de la sociedad o de su correspondiente renovación, escritura de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción respectiva en el Registro de Comercio, con la misma anticipación señalada.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2025.