Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2025
- Notario
- Abogado
- Oficio
- Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
Explotación agrícola ganadera, avícola y forestal, por cuenta propia o ajena de predios rústicos. La importación y exportación, transformación y comercialización de predios agrícolas, ganaderos, avícolas o forestales y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada con la actividad agropecuaria. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en esta ciudad, calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, séptimo piso, certifico: Por escritura pública otorgada con fecha 18 de diciembre de 2025 ante mi, CLAUDIO ESTEBAN BARRIENTOS RUBIO, constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: Nombre: “YAPKA SpA”. Objeto: Explotación agrícola ganadera, avícola y forestal, por cuenta propia o ajena de predios rústicos. La importación y exportación, transformación y comercialización de predios agrícolas, ganaderos, avícolas o forestales y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada con la actividad agropecuaria. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por el accionista constituyente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de diciembre 2025.