SOCIEDAD EDUARDO FERNÁNDEZ LUCERO MAS DIVISAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2025
- Notario
- SANDRA SEPULVEDA MARTINEZ
- Domicilio
- Los Andes
Sociedad
- Domicilio
- Ciudad de Los Andes, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- La duración de la sociedad será de dos años renovables
- Ley aplicable
- Ley N° 18046
Objeto social
A) la prestación de todo tipo de servicios, de desarrollo y explotación por sí o a través de terceros, relacionados con la agricultura; tanto en locales propios o ajenos, tales como prestación de servicios de contratación y de subcontratación, para las labores agrícolas, servicios de plantación de árboles frutales, servicios de cosecha agrícola, servicios de poda de árboles frutales, servicios de raleo de árboles frutales, movilización de personal, y en general todo lo que esté en la actualidad o en el futuro relacionado con las actividades agrícolas y en general cualquier negocio que establezca esta sociedad relacionado con la agricultura B) la construcción, adquisición, instalación y explotación por cuenta propia o ajena, de todo tipo de construcciones civiles, sean estas construcciones o reparaciones, dentro de ellos en residencias particulares, proyectos inmobiliarios, hoteles, hostales, residenciales, apart hotel, moteles, hosterías, restaurantes, almacenes, frutería y verdulería; C) la compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución de cualquier título o forma de bienes muebles, al por mayor y al detalle, sean estos tipos de bienes manufacturados, o primarios; D) Transporte nacional e internacional de carga terrestre E) todo tipo de transportes de pasajeros, F) servicios de logística y distribución en materia de transporte; compra, venta y arriendo de vehículos, corretaje, asesorías y representaciones a empresas; exportación, importación y comercialización de toda clase de elementos relacionados al transporte de carga tales como camionetas, furgones, todo tipo de camiones sean estos livianos, medianos y o pesados; en general cualquier negocio, acto, contrato o actividades relacionadas con el transporte; G) Podrá, además, adquirir, enajenar, administrar, arrendar, importar o exportar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de vehículos livianos y o pesados, bienes muebles e inmuebles; H) podrá importar, exportar y comercializar al por mayor y o al detalle de toda clase de productos sean estos alimenticios de origen animal y o vegetal tales como frutas, verduras, hortalizas, frutos secos, cereales y sus derivados. I) La prestación de servicios de todo tipo de servicios, o asesorías relacionadas con cualquiera de los objetos ya señalados; J) participar y formar parte de todo tipo de sociedades, , empresas, asociaciones, que se encuentren constituidas o que se formen en el futuro y en general cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
se designa como administrador y uso de la razón social a la única accionista de la sociedad doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA, quien podrá actuar con las facultades establecidas en la escritura extractada. Los Andes 01 de diciembre de 2025
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSANDRA SEPULVEDA MARTINEZ, Abogado, Notario Público titular de Los Andes, CERTIFICO: que con fecha de hoy, ante mi, comparecen Don EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO, chileno, soltero, contador auditor, cedula nacional de identidad número 9.976.111-9, domiciliado en Arturo Prat número siete, casa treinta, comuna y ciudad de Talca, región del Maule de paso por esta ciudad de paso por esta ciudad ; y doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA, chilena, soltera, ingeniero en prevención de riesgos, cedula nacional de identidad número 14.478.871-0, domiciliada, domiciliada en Arturo Prat número siete, casa treinta, comuna y ciudad de Talca, región del Maule, de paso por esta ciudad de paso por esta ciudad. Las partes declaran que:, Por escritura pública de fecha dos de diciembre del año dos mil dieciséis ante el Notario Público y conservador titular de la provincia de Los Andes, don MAX EDUARDO ORDÓÑEZ URBINA, anotada bajo el repertorio número mil trescientos cincuenta y cinco del año dos mil dieciséis, los comparecientes EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO, y doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD EDUARDO FERNÁNDEZ LUCERO MAS DIVISAS LIMITADA”, nombre de fantasía “ MAS DIVISAS LTDA”, Rol Único Tributario número 76.454.168-5, sociedad del giro de su denominación, domiciliada para estos efectos en Manuel Rodríguez trescientos sesenta y siete, comuna y provincia de Los Andes, región de Valparaíso, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial el día 26 de diciembre del año 2.016, y se inscribió a fojas trescientos cuarenta y tres, número trescientos tres del Registro de Comercio del año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Los Andes. Por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2.019, ante el Notario Público de la ciudad de Rancagua doña Ximena Carmona Torres, notaria suplente del titular don Ernesto Montoya Peredo, los comparecientes EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO, y doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA, modificaron el objeto social de “SOCIEDAD EDUARDO FERNÁNDEZ LUCERO MAS DIVISAS LIMITADA”, cuyo extracto se inscribió el día 28 de octubre del año 2.019 y fue anotada a fojas doscientos cuatro número ciento cincuenta con fecha veintiocho de octubre del año dos mil diecinueve del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Los Andes, Que conforme a sus estatutos vigentes, los actuales y únicos socios de la sociedad son los señores, EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO, y doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA, con un cincuenta por ciento cada uno de los derechos sociales y que por este acto, los socios antes señalados proceden a modificar la sociedad en los siguientes términos: en este acto don EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO, se retira de la sociedad, vendiendo, cediendo y transfiriendo el cien por ciento de sus derechos, partes o cuotas de participación en la sociedad materia del presente instrumento en favor de doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA, quién los compra, adquiere y acepta para sí, respecto de la totalidad de los derechos sociales que le corresponden al “cedente”, vale decir, el cincuenta por ciento de todos los derechos, cuotas o partes del capital social, quien de manera expresa declara conocer el estado de la sociedad que adquiere en este acto, renunciando desde ya a cualquier acción resolutoria que afecte la presente cesión El precio de esta cesión es la suma de quinientos mil pesos, que la cesionaria pagó al cedente de la siguiente forma: en cinco cuotas de cien mil pesos cada una, y que salda el pago del capital social vendido, cedido y transferido, así como también cualquier otra deuda y o monto dinerario, que los socios o la sociedad, pudiera tener con el “cedente”, don EDUARDO ALEXIS FERNÁNDEZ LUCERO acepta el precio acepta el precio y condiciones de la presente cesión dando por finiquitado toda relación comercial, respecto de la sociedad de la cual se retira, vendiendo y cediendo el total de sus derechos, acciones los que equivalen al cincuenta por ciento del total de los derechos sociales de la antes referida sociedad materia de este instrumento y que declara recibirlo a su entera satisfacción, declarando en este mismo acto, que nada se adeuda por concepto alguno por parte de la sociedad, o por los socios, salvo los que emanen del cumplimiento de esta cesión,. Que, como consecuencia de la venta y cesión, a contar de esta fecha el único socio de la sociedad es doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA. Que, como consecuencia de la cesión anterior, se realiza cambio de la razón social de “SOCIEDAD EDUARDO FERNÁNDEZ LUCERO MAS DIVISAS LIMITADA”, a “ MAS DIVISAS SPA” y se transformará en sociedad por acciones, según da cuenta escritura citada, en una Sociedad por Acciones, según normas del Libro II, Título VII, artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y de la Ley N° 18046 y su Reglamento, en lo que a sociedades anónimas cerradas se refiere, y que se regirá por las disposiciones de los estatutos que se consignan a continuación: Razón social: “MAS DIVISAS SPA”. Domicilio. Ciudad de Los Andes, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en otros puntos del país o del extranjero. Duración. La duración de la sociedad será de dos años renovables. Objeto. A) la prestación de todo tipo de servicios, de desarrollo y explotación por sí o a través de terceros, relacionados con la agricultura; tanto en locales propios o ajenos, tales como prestación de servicios de contratación y de subcontratación, para las labores agrícolas, servicios de plantación de árboles frutales, servicios de cosecha agrícola, servicios de poda de árboles frutales, servicios de raleo de árboles frutales, movilización de personal, y en general todo lo que esté en la actualidad o en el futuro relacionado con las actividades agrícolas y en general cualquier negocio que establezca esta sociedad relacionado con la agricultura B) la construcción, adquisición, instalación y explotación por cuenta propia o ajena, de todo tipo de construcciones civiles, sean estas construcciones o reparaciones, dentro de ellos en residencias particulares, proyectos inmobiliarios, hoteles, hostales, residenciales, apart hotel, moteles, hosterías, restaurantes, almacenes, frutería y verdulería; C) la compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución de cualquier título o forma de bienes muebles, al por mayor y al detalle, sean estos tipos de bienes manufacturados, o primarios; D) Transporte nacional e internacional de carga terrestre E) todo tipo de transportes de pasajeros, F) servicios de logística y distribución en materia de transporte; compra, venta y arriendo de vehículos, corretaje, asesorías y representaciones a empresas; exportación, importación y comercialización de toda clase de elementos relacionados al transporte de carga tales como camionetas, furgones, todo tipo de camiones sean estos livianos, medianos y o pesados; en general cualquier negocio, acto, contrato o actividades relacionadas con el transporte; G) Podrá, además, adquirir, enajenar, administrar, arrendar, importar o exportar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de vehículos livianos y o pesados, bienes muebles e inmuebles; H) podrá importar, exportar y comercializar al por mayor y o al detalle de toda clase de productos sean estos alimenticios de origen animal y o vegetal tales como frutas, verduras, hortalizas, frutos secos, cereales y sus derivados. I) La prestación de servicios de todo tipo de servicios, o asesorías relacionadas con cualquiera de los objetos ya señalados; J) participar y formar parte de todo tipo de sociedades, , empresas, asociaciones, que se encuentren constituidas o que se formen en el futuro y en general cualquier otro negocio que acordaren los socios.- realizar la ejecución de cualquier clase de negocios estén o no relacionado con el objeto social. Capital y Acciones: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones ordinarias y nominativas las cuales se pagan en este mismo acto por sus socios e ingresan al haber social, sin valor nominal. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, gozarán de los mismos derechos que las acciones íntegramente suscritas y pagadas: Títulos de Acciones. La sociedad no emitirá láminas físicas de los títulos de acciones, sin perjuicio de las anotaciones e inscripciones que en conformidad con el artículo cuatrocientos treinta y uno del Código de Comercio deban efectuarse en el Registro de Accionistas pertinente y de las certificaciones que podrá otorgar al Gerente General a petición del respectivo accionista. La adquisición de acciones de la sociedad implica la aceptación de los estatutos sociales, de los acuerdos adoptados por los Accionistas y la normativa legal que le es aplicable Administración y uso de la razón social: se designa como administrador y uso de la razón social a la única accionista de la sociedad doña SANDRA DEL CARMEN PÉREZ AHUMADA, quien podrá actuar con las facultades establecidas en la escritura extractada. Los Andes 01 de diciembre de 2025.-