MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

KEYPRO INGENIERIA S.A.

RUT 76050082-8 CVE 2749224
Capital
$102.368 CLP
Fecha instrumento
4 de noviembre de 2025

Instrumento

Fecha
4 de noviembre de 2025
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$102.368 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, ante mi: Se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de fecha 04/11/2025, Rep. 7592, “KEYPRO INGENIERIA S.A.” celebrada el día 04 de noviembre de 2025. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas seis mil quinientos cincuenta y seis, número cuatro mil doscientos sesenta y uno en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil nueve. Por la unanimidad de las acciones con derecho a voto emitidas por la Sociedad, la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad “KEYPRO INGENIERIA S.A.” acordó: El aumento de capital de la Sociedad “KEYPRO INGENIERIA S.A”, aumentándose el capital social de la suma de $102.368.923 a la suma de $123.438.923. El nuevo capital de $123.438.923, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado, se encuentra dividido en 12.107 acciones, nominativas y sin valor nominal, de las cuales 10.000 corresponden a acciones ordinarias, y 2.107 a acciones “Serie A” Preferente. Con motivo de lo anterior, se modifica el Artículo Cuarto de los estatutos de “KEYPRO INGENIERIA S.A.”, el cual queda con la siguiente redacción: “ARTICULO CUARTO: El capital de la sociedad es de ciento veintitrés millones cuatrocientos treinta y ocho mil novecientos veintitrés pesos, dividido en doce mil ciento siete acciones, nominativas y sin valor nominal, de las cuales diez mil acciones corresponden a acciones ordinarias y dos mil ciento siete acciones a la “Serie A” Preferente. Las acciones ordinarias, no tendrán preferencia de ninguna clase, mientras que las acciones “Serie A” Preferentes gozarán de la siguiente preferencia: (i) En caso de disolución y posterior liquidación de la Sociedad, las acciones de la Serie A tendrán derecho a pagarse preferentemente con cargo al haber social o patrimonio neto resultante, con prioridad sobre las acciones ordinarias, hasta completar el monto de sus aportes reales debidamente reajustados. Este pago preferente podrá efectuarse en dinero o mediante la adjudicación de bienes sociales, según lo determine la Comisión Liquidadora o la Junta de Accionistas en su caso. Una vez cubierto el valor de aporte de la Serie A, el remanente se distribuirá entre todas las acciones (ordinarias y preferentes) a prorrata de su participación, salvo acuerdo distinto de la Junta. De conformidad con el artículo veinte de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, la preferencia establecida para la Serie A tendrá un plazo de vigencia de diez años, contados desde la fecha de la escritura pública a la que se reduce la presente acta de Junta Extraordinaria de Accionistas. Transcurrido dicho plazo sin que se haya acordado la disolución de la Sociedad, las acciones de la Serie A perderán de pleno derecho su preferencia y pasarán a ser acciones ordinarias para todos los efectos legales, a menos que se acuerde extender su vigencia, mediante Junta Extraordinaria de Accionistas.”. Demás acuerdos en escritura extractada. 23 de diciembre de 2025.