MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Inversiones y Servicios Córpora S.A.

RUT 76835099-K CVE 2749455
Capital
$33.076.311.973 CLP
Fecha instrumento
26 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago don HUMBERTO QUEZADA MORENO

Instrumento

Fecha
26 de noviembre de 2025
Repertorio
7993-2025
Comuna
Santiago don HUMBERTO QUEZADA MORENO

Sociedad

Capital
$33.076.311.973 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIPE ANDRES BASCUÑAN LIRA, abogado, notario suplente del titular de la 26ª Notaria de Santiago don HUMBERTO QUEZADA MORENO, con oficio en Avenida Apoquindo N°3196, comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública otorgada ante el titular, de fecha 26 de noviembre de 2025, Repertorio N° 7.993-2025, a la cual se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Inversiones y Servicios Córpora S.A., celebrada con fecha 26 de noviembre de 2025, se acordó lo siguiente: Uno) Sanear el error incurrido en escritura pública de fecha 12 de febrero de 2024, otorgada en esta notaría, Repertorio 1.079-2024, cuyo extracto fue inscrito a fojas 16428 número 7271 del Registro de Comercio del año 2024 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado en el Diario Oficial con fecha 24 de febrero del mismo año; en el siguiente sentido: En la cláusula “I. ASISTENCIA”: i. Donde dice “a) Córpora S.A. representada por don Maximiliano Ibáñez Bulnes, por 163.375.560 acciones” debe decir “a) Córpora S.A. representada por don Maximiliano Ibáñez Bulnes, por 282.215.746 acciones”; y, ii. Donde dice “De esta forma, se encontraban presentes y debidamente representados los dos accionistas que poseen la totalidad de las 163.375.875 acciones (…)” debe decir “De esta forma, se encontraban presentes y debidamente representados los dos accionistas que poseen la totalidad de las 282.216.061 acciones (…)”. Dos) Sanear el error incurrido en escritura pública de fecha 31 de julio de 2024, otorgada en en esta notaría, Repertorio 5.258-2024, cuyo extracto fue inscrito a fojas 80525 número 32263 del Registro de Comercio del año 2024 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado en el Diario Oficial con fecha 27 de septiembre del mismo año; en el siguiente sentido: a) En la cláusula “PRIMERO. ASISTENCIA.”: i. Donde dice “a) Córpora S.A. representada por don Maximiliano Ibáñez Bulnes, por 163.375.560 acciones (…)” debe decir “a) Córpora S.A. representada por don Maximiliano Ibáñez Bulnes, por 282.215.746 acciones”; y, ii. Donde dice “De esta forma, se encontraban presentes y debidamente representados los dos accionistas que poseen la totalidad de las 163.345.875 acciones (…)” debe decir “De esta forma, se encontraban presentes y debidamente representados los dos accionistas que poseen la totalidad de las 282.216.061 acciones (…)”. b) En la cláusula “DÉCIMO TERCERO. DISMINUCIÓN DE CAPITAL Y MODIFICACION DE ESTATUTOS DE INVERSIONES Y SERVICIOS CÓRPORA S.A.”: i. Donde dice “Artículo Quinto. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $33.076.311.973, dividido en 163.375.875 acciones (….)” debe decir “Artículo Quinto. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $33.076.311.973 dividido en 282.216.061 acciones (….)”; y, ii. Donde dice “Artículo primero transitorio: El capital de la sociedad, ascendente a la suma de $33.076.311.973, dividido en 163.375.875 acciones de una serie, nominativas, de carácter ordinario y sin valor nominal, a que se refiere el artículo quinto permanente de estos estatutos, se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente forma: a) Córpora S.A. con 163.375.560 acciones totalmente pagadas; y b) Inversiones Dos Canales Limitada, con 315 acciones, totalmente pagadas (…)” debe decir “Artículo primero transitorio: El capital de la sociedad, ascendente a la suma de $33.076.311.973, dividido en 282.216.061 acciones de una serie, nominativas, de carácter ordinario y sin valor nominal, a que se refiere el artículo quinto permanente de estos estatutos, se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente forma: a) Córpora S.A. con 282.215.746 acciones totalmente pagadas; y b) Inversiones Dos Canales Limitada, con 315 acciones, totalmente pagadas (…)”.Tres) Sanear el error incurrido en escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2024, otorgada en esta notaría, Repertorio 8.947-2024, cuyo extracto fue inscrito a fojas 13641 número 4854 del Registro de Comercio del año 2025 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado en el Diario Oficial con fecha 7 de febrero de 2025; en el siguiente sentido: a) En la cláusula “PRIMERO. ASISTENCIA.”: i. Donde dice “a) Córpora S.A., representada por don Maximiliano Ibáñez Bulnes, por 163.375.560 acciones (…)” debe decir “a) Córpora S.A., representada por don Maximiliano Ibáñez Bulnes, por 282.215.746 acciones (…)”; y, ii. Donde dice “De esta forma, se encontraban presentes y debidamente representados los dos accionistas que poseen la totalidad de las 163.375.875 acciones en que se divide el capital de la compañía (…)” debe decir “De esta forma, se encontraban presentes y debidamente representados los dos accionistas que poseen la totalidad de las 282.216.061 acciones en que se divide el capital de la compañía (…)”. b) En la cláusula “CUARTO. ACUERDO DE AUMENTO DE CAPITAL”: i. Donde dice “Explicó el señor Presidente que se propone aumentar el capital social desde la suma de $33.076.311.973, dividido en 163.375.875 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $39.441.552.385, dividido en 221.040.128 acciones también nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, esto es, un aumento de $6.365.240.412que se efectuará mediante la emisión de 57.664.253 nuevas acciones de pago (…)” debe decir “Explicó el señor Presidente que se propone aumentar el capital social desde la suma de $33.076.311.973, dividido en 282.216.061 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $39.441.552.385, dividido en 339.880.314 acciones también nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, esto es, un aumento de $6.365.240.412que se efectuará mediante la emisión de 57.664.253 nuevas acciones de pago (…)”; ii. Donde dice “Oídas las explicaciones del Presidente, la Junta acordó, por unanimidad, aprobar en todas sus partes las proposiciones antes expuestas, y como consecuencia se convino en lo siguiente: a) Se acordó aumentar el capital social desde la suma de $33.076.311.973, dividido en 163.375.875 acciones de una misma serie, nominativas, de carácter ordinario y sin valor nominal, a la suma de $39.441.552.385, dividido en 221.040.128 acciones (…)” debe decir “Oídas las explicaciones del Presidente, la Junta acordó, por unanimidad, aprobar en todas sus partes las proposiciones antes expuestas, y como consecuencia se convino en lo siguiente: a) Se acordó aumentar el capital social desde la suma de $33.076.311.973, dividido en 282.216.061 acciones de una misma serie, nominativas, de carácter ordinario y sin valor nominal, a la suma de $39.441.552.385, dividido en 339.880.314 acciones (…)”; y, iii. Donde dice “b) El precio de colocación de dichas acciones que se propone sería de $110,3845107747133 por acción” debe decir “b) El precio de colocación de dichas acciones que se propone sería de $110,384511735546 por acción”. c) En la cláusula “SÉPTIMO. MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS SOCIALES”: i. Donde dice “Artículo Quinto. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $39.441.552.385, dividido en 221.040.128 acciones (…)”, debe decir “Artículo Quinto. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $39.441.552.385, dividido en 339.880.314 acciones (…)”; y, ii. Donde dice “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad, ascendente a la suma de $39.441.552.385, dividido en 221.040.128 acciones de una serie, nominativas, de carácter ordinario, y sin valor nominal, a que se refiere el artículo quinto permanente de estos estatutos, se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente forma: a) Córpora S.A, con 221.039.813 acciones, totalmente pagadas; y, b) Inversiones Dos Canales Limitada, con 315 acciones, totalmente pagadas.” debe decir “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad, ascendente a la suma de $39.441.552.385, dividido en 339.880.314 acciones de una serie, nominativas, de carácter ordinario, y sin valor nominal, a que se refiere el artículo quinto permanente de estos estatutos, se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente forma: a) Córpora S.A:, con 339.879.999 acciones, totalmente pagadas; y, b) Inversiones Dos Canales Limitada, con 315 acciones, totalmente pagadas.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 5 de diciembre de 2025. FBL. Not. Sup.