MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES Y RENTAS ILEX LIMITADA

RUT 78157880-0 CVE 2749229
Fecha instrumento
9 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de diciembre de 2025
Notario
Abogado
Oficio
Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 979, piso séptimo, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 09 de diciembre de 2025, ante mí; don ENRIQUE ADAUY AGUAD, la sociedad INVERSIONES NOTRO LIMITADA, doña VERÓNICA FERIDE ZAROR ATALA, don ARTURO RAMÓN ADAUY ZAROR, don FERNANDO ENRIQUE ADAUY ZAROR, y doña CAROLL ADAUY ZAROR, todos domiciliados en Camino Huinganal N° 3.631, Casa 3, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; celebraron “Modificación de sociedad INVERSIONES Y RENTAS ILEX LIMITADA”, Sociedad inscrita a Fojas 30.975, bajo el Número 15.662 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1991, acordándose lo siguiente: reemplazar el Artículo Octavo de los estatutos sociales, relativo a la administración y uso de la razón social, en el sentido de indicar que la razón social corresponderá a los apoderados, quienes se agrupan en las siguientes clases o grupos: (I) Apoderado General: don Enrique Adauy Aguad; (II) Apoderado Clase “A”: don Arturo Ramón Adauy Zaror; y, (III) Apoderados Clase “B”: don Fernando Enrique Adauy Zaror, doña Caroll Adauy Zaror, y don Arturo Ramón Adauy Zaror. Las facultades otorgadas a los apoderados indicados y su forma de actuación constan en la escritura extractada. En caso de incapacidad o fallecimiento de los apoderados Clase A o Clase B, podrán ser reemplazados por don Matías Arturo Adauy Castro y/o por don Alfonso Yarad Adauy, bajo la forma de actuación y facultades indicadas en escritura extractada. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigente los estatutos sociales. Los socios reiteran que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás modificaciones y estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 26 de diciembre de 2025.