INDUSTRIAL AGRIFOR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 12603-25
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- agrupación de las comunas de Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas número novecientos setenta y nueve, comuna de Temuco, Región de La Araucanía, certifico que, por escritura pública denominada Contrato de Donación y Modificación Social de Industrial Agrifor Limitada entre Isaac Fernando Romero Rodríguez y María José Romero García y otros de fecha 19 de noviembre de 2025, Repertorio N°12.603-25, ante mí: Roberto Bernabé Hot Romero, María José Romero García, Carmen Magdalena Hot Romero, Agustina Hot Romero, y Roberto René Hot Kleinsteuber en representación de la sociedad Inversiones Agrifive Sociedad Colectiva Civil, todos domiciliados para estos efectos, en calle Alsacia 181, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, de paso en esta, en su calidad de únicos y actuales socios, producto de la donación referida, de INDUSTRIAL AGRIFOR LIMITADA, inscrita a fojas 798, número 622 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 1995. Vienen en reemplazar el actual Artículo Quinto de sus estatutos sociales por el siguiente: Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos, que los socios han pagado en la siguiente proporción: a) María José Romero García aportó la suma de dos millones de pesos, que equivalen al cuarenta por ciento de los derechos sociales en plena propiedad; b) Roberto Bernabé Hot Romero aportó la suma de seiscientos veintiséis mil quinientos pesos, que equivalen al doce coma cincuenta y tres por ciento de los derechos sociales en nuda propiedad; c) Carmen Magdalena Hot Romero aportó la suma de seiscientos veintiséis mil quinientos pesos, que equivalen al doce coma cincuenta y tres por ciento de los derechos sociales en nuda propiedad; d) Agustina Hot Romero aportó la suma de seiscientos veintisiete mil pesos, que equivalen al doce coma cincuenta y cuatro por ciento de los derechos sociales en nuda propiedad; y e) Inversiones Agrifive Sociedad Colectiva Civil aportó la suma de un millón ciento veinte mil pesos, que equivalen al veintidós coma cuarenta por ciento de los derechos sociales en plena propiedad. Se deja constancia que María José Romero García es titular del derecho real de usufructo vitalicio sobre el treinta y siete coma sesenta por ciento del total de los derechos sociales de la sociedad, correspondiendo la nuda propiedad de dichos derechos a Roberto Bernabé Hot Romero, Carmen Magdalena Hot Romero y Agustina Hot Romero, en los porcentajes antes señalados. En todo lo no modificado, los estatutos de Industrial Agrifor Limitada se mantienen plenamente vigentes, en especial la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 26 de diciembre 2025.