MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INCREMENTA VENTURES SpA

RUT 76428085-7 CVE 2749461
Capital
$13.716 CLP
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2025
Repertorio
37226-2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$13.716 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAURICIO REINOSO CIFUENTES, Notario Suplente de la 43ª Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio N°37.226-2025, se redujo el acta de la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad INCREMENTA VENTURES SpA, rol único tributario n° 76.428.085-7 /en adelante, la “Sociedad”/, mediante la cual don Alexander Jorge Hazbún Rius, cédula de identidad número 15.311.480-3; don Mario Ignacio Merino Lucchini, cédula de identidad número 12.114.884-6; don Juan Pablo Ossa Rivadeneira, cédula de identidad número 17.703.544-0; doña Constanza Urzúa del Real, cédula de identidad número 15.638.096-2; doña Francisca Barake Sabbagh, cédula de identidad número 15.782.943-2; y, doña María José Valdés Donoso cédula de identidad número 18.020.320-6, sus calidades de accionistas de la Sociedad, según el registro que he tenido a la vista de la Sociedad, procedió a modificarla en los siguientes términos: (i) Aumentar el capital de la Sociedad en $13.716.000 mediante la emisión de 762 nuevas acciones de iguales características a las existentes, por lo que el capital de la Sociedad aumenta desde la suma de $33.500.000 dividido en un total de 6.667 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $47.216.000 dividido en 7.429 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. (ii) En consecuencia, se modifican los Artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, cuyo tenor será el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de cuarenta y siete millones doscientos dieciséis mil pesos, dividido en siete mil cuatrocientas veintinueve acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal; todas las cuales se suscriben y pagan y suscribirán y pagarán en la forma señalada en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos.”, y, “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social es la suma de cuarenta y siete millones doscientos dieciséis mil pesos, dividido en un total de siete mil cuatrocientas veintinueve acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de las cuales: /a/ Alexander Jorge Hazbun Rius, mil novecientas cincuenta acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; /b/ Mario Ignacio Merino Lucchini, mil novecientas cincuenta acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; c) Juan Pablo Ossa Rivadeneira, mil cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; d) Constanza Urzúa del Real, seiscientas cincuenta acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; /e / Francisca Barake Sabbagh, seiscientas cincuenta acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; /f/ María José Valdés Donoso trescientas sesenta y siete acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha y /g/ setecientas sesenta y dos acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, las que se suscribirán y pagarán en un plazo de hasta 5 años contados desde el día diecinueve de diciembre de dos mil veinticinco.”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de diciembre de 2025.