HENRIQUEZ Y SANCHEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 2955
- Notario
- HEIDI CAVIERES ARAYA
- Oficio
- Segunda Notaría de Iquique
- Comuna
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHEIDI CAVIERES ARAYA, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Iquique, con oficio en calle Simón Bolivar N°202, Local 2, Iquique, certifico que: Por escritura pública de fecha 28 de noviembre del año 2025, Repertorio N° 2955, ante mí, DOÑA GLORIA ELVIRA MUÑOZ JAQUE (Cedente), DOÑA CARLA ALEJANDRA HENRIQUEZ MUÑOZ (Heredera y Cesionaria), DON ALEJANDRO PAUL HENRIQUEZ MUÑOZ (Heredero y Cesionario), y DON LUIGI ANGELO SANCHEZ ROJAS (Socio Permanente), todos mayores de edad, con domicilios y cédulas de identidad individualizados en la matriz. I. MODIFICACIONES ACORDADAS: Los comparecientes acordaron la sucesión por causa de muerte de DON MANUEL ANICETO HENRIQUEZ VIDELA y la consecuente modificación del pacto social de la compañía "HENRIQUEZ Y SANCHEZ LIMITADA" o "MONTAJES NOVA LTDA.", constituida originalmente por escritura pública de fecha CINCO de Septiembre del año DOS mil CATORCE. II. CESIÓN DE DERECHOS: DOÑA GLORIA ELVIRA MUÑOZ JAQUE, en su calidad de cónyuge sobreviviente y heredera de DON MANUEL ANICETO HENRIQUEZ VIDELA, cede y transfiere a título oneroso la totalidad de su participación social adquirida por sucesión (DOCE coma CINCO por ciento) a favor de sus hijos DOÑA CARLA ALEJANDRA HENRIQUEZ MUÑOZ y DON ALEJANDRO PAUL HENRIQUEZ MUÑOZ, en partes iguales, por un precio total de TRES MILLONES DE PESOS CHILENOS. En consecuencia, DOÑA GLORIA ELVIRA MUÑOZ JAQUE se retira de la sociedad [Instrucción conversacional]. III. NUEVA COMPOSICIÓN DEL CAPITAL SOCIAL: Se modificó la cláusula de los estatutos sociales relativa al capital para establecer que este sigue siendo de CUATRO MILLONES DE PESOS, y queda distribuido de la siguiente forma entre los TRES socios únicos: 1. DON LUIGI ANGELO SANCHEZ ROJAS, con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del capital social. 2. DOÑA CARLA ALEJANDRA HENRIQUEZ MUÑOZ, con un TREINTA Y SIETE COMA CINCO POR CIENTO (37.5%) del capital social. 3. DON ALEJANDRO PAUL HENRIQUEZ MUÑOZ, con un DOCE COMA CINCO POR CIENTO (12.5%) del capital social. IV. ADMINISTRACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL: Se modificó la cláusula QUINTA de los estatutos para establecer que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualesquiera de los siguientes DOS socios: DON LUIGI ANGELO SANCHEZ ROJAS o DOÑA CARLA ALEJANDRA HENRIQUEZ MUÑOZ, quienes actuando por la sociedad con las amplias facultades ya contenidas en el pacto social (enumeradas en la cláusula QUINTA); EXCLUYÉNDOSE de las facultades de administración, representación y uso de la razón social a DON ALEJANDRO PAUL HENRIQUEZ MUÑOZ [Instrucción conversacional]. V. VIGENCIA Y DEMÁS ESTIPULACIONES: La sociedad mantiene su domicilio en la ciudad de Iquique. En todo lo no modificado por esta escritura, se mantienen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social original y sus modificaciones. Se confirió Mandato Especial a la abogada DOÑA PIERA ALEJANDRA TAMBORRINO GUERRERO y al licenciado DON MARCELO IGNACIO RIVERA ASTORGA para los fines de legalización y trámites pertinentes. Demás estipulaciones, escritura extractada.- IQUIQUE, 28 de noviembre del año 2025.