MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD GASTRONÓMICA MIRANDA Y CALDERÓN LIMITADA

RUT 76142811-K CVE 2748881
Capital
$6.000 CLP
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2025

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2025
Repertorio
1080
Notario
JUAN ESPINOSA BANCALARI
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$6.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2025, bajo el Rep.N° 4485, ante mí: ÁNGEL CALDERÓN ACUÑA, cedula de identidad de extranjeros N°14.746.817-2 y doña CAROLINA MIRANDA VIGIL, cedula de identidad de extranjeros N°22.490.797-4, domiciliados en la ciudad de Concepción, modificaron y transformaron sociedad “SOCIEDAD GASTRONÓMICA MIRANDA Y CALDERÓN LIMITADA”. Rol único tributario N° 76.142.811-K. Por escritura pública de fecha 18 de marzo del año 2011, número de repertorio 1.080 del mismo año, suscrita ante Notario Público de Concepción señor Carlos Alberto Miranda Jiménez e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz a Fojas 67 número 62 del año 2.011; sociedad modificada por escritura pública de fecha 18 de mayo del año 2.015 suscrita ante Notario Público de Concepción señor Juan Espinosa Bancalari e inscrita a Fojas 108 número 92 del Registro de Comercio de la comuna de San Pedro de la Paz del año 2.015. De acuerdo con las estipulaciones contenida en la escritura constitutiva incluidos los cambios introducidos por la escritura modificatoria señalada, los actuales socios son don ÁNGEL CALDERON ACUÑA y doña CAROLINA MIRANDA VIGIL, siendo titular cada socio del 50% de los derechos sociales. CESIÓN DE DERECHOS; don ÁNGEL CALDERÓN ACUÑA vende, cede y transfiere el 100% de su participación social a doña CAROLINA MIRANDA VIGIL, quien los compra, acepta y adquiere para sí, retirándose el señor Calderón de la sociedad. El precio de la cesión es la suma de $3.000.000.- valor que el cedente declara haber recibido a su entera satisfacción e ingresados al haber social. Quedando como única socia doña CAROLINA MIRANDA VIGIL con el 100% de los derechos sociales. TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD DE REPONSABILIDAD LIMITADA A SOCIEDAD POR ACCIONES; Que viene en transformar “SOCIEDAD GASTRONÓMICA MIRANDA Y CALDERÓN LIMITADA” en una sociedad por acciones: La razón social será “GASTRONÓMICA MIRANDA SpA”. El domicilio de la sociedad será la comuna y ciudad de San Pedro de la Paz, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezcan en el resto del país o extranjero. Duración, La sociedad comenzará a regir como sociedad por acciones a partir de la celebración del presente contrato, y su duración será de cinco años; a su vencimiento se entenderá prorrogada su duración de manera automática por iguales periodos y de manera sucesiva. El objeto de la sociedad por acciones será: a) La constitución, instalación, explotación y el tomar y dar en arriendo establecimientos de restaurantes, bares, centros de eventos, fuentes de soda, cafés, servicios de banquetes o cualquiera clase de establecimientos públicos en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar y, además la organización de eventos en general, sean en locales propios o ajenos. B) Así como todo acto, contrato, adquisición e implementación que los accionistas, de consuno, resuelvan realizar y que sean afines, relacionados o conexos, en la actualidad o en el futuro, con los objetos sociales. Capital y acciones: El capital social es la suma de 6.000.000 de pesos, capital que corresponde a la sociedad de responsabilidad limitada que por este acto se transforma. Acciones, el capital señalado se divide en cien acciones nominativas, todas de una misma serie, sin privilegio y sin valor nominal, que se suscriben y pagan íntegramente por doña CAROLINA MIRANDA VIGIL y se da por enterado el capital e ingresado a la caja social. Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a la socia accionista doña CAROLINA MIRANDA VIGIL, de manera exclusiva, la que, anteponiendo la razón social a su firma, podrá representarla y obligarla con las más amplias facultades y atribuciones enunciadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción.22 de diciembre 2025.