SHERPA MOVERS SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de diciembre de 2025
- Notario
- ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO
- Oficio
- Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
Se modificó el objeto social a fin de acuerdo con las actividades comerciales de la Sociedad. (C) Modificación de estatutos: (Uno) Se modificó artículo primero, como sigue: “ARTÍCULO PRIMERO: La razón social de la sociedad será “PUMA FAST Spa”. (Dos) Se modificó artículo cuarto, como sigue: “ARTÍCULO CUARTO: La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, abogado, Notario Público, Titular de la Notaria de Santiago, con asiento en la comuna de Independencia, con domicilio en Avenida Independencia N° 873, comuna de Independencia, Certifica: Que por escritura de fecha 9 de diciembre de 2025, se redujo ante mí, acta de la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad Sherpa Movers SpA., celebrada el día 26 noviembre de 2025. Por unanimidad de los accionistas se modificó sociedad inscrita a fojas 19538 número 9995, Registro Comercio Santiago, año 2019, en el siguiente sentido: (A) Modificación de la razón social de la Sociedad: Se acordó que la actual razón social de la Sociedad “SHERPA MOVERS SpA”, sea modificada y reemplazada por “PUMA FAST SpA”. (B) Modificación del objeto social: Se modificó el objeto social a fin de acuerdo con las actividades comerciales de la Sociedad. (C) Modificación de estatutos: (Uno) Se modificó artículo primero, como sigue: “ARTÍCULO PRIMERO: La razón social de la sociedad será “PUMA FAST Spa”. (Dos) Se modificó artículo cuarto, como sigue: “ARTÍCULO CUARTO: La Sociedad tendrá por objeto: (uno) La construcción de toda clase de bienes, de obras de ingeniería civil, y de otros similares, ya sea por cuenta propia o de terceros; (dos) Realizar estudios de mercado, proyectos, inspecciones, supervisiones y cualquier otra actividad relacionada con lo anterior; (tres) La prestación de toda clase de servicios y asesorías relacionadas con la ingeniería civil y la construcción, en general; (cuatro) La compra y venta de inmuebles, la construcción en ellos, la subdivisión, urbanización y posterior venta de los mismos y de toda clase de inversiones inmobiliarias; (cinco) La elaboración, fabricación y producción, compra, venta, distribución y comercialización de materiales de construcción y otros bienes relacionados con el rubro; y (seis) En general, el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetos anteriores.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de diciembre 2025.