Locke SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2025
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LÁSCAR MERINO
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| LOCKE SpA | accionista | 76989204-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LÁSCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea número 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2025, repertorio número 72.574-2025, ante mí, don ENRIQUE CELEDÓN VALENZUELA, en su calidad de único accionista de la sociedad LOCKE SpA, RUT N°76.989.204-4, inscrita a fojas 15.617, número 8.048 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, procedió a modificar los estatutos sociales de dicha sociedad, en los siguientes sentidos: 1. Se reemplaza íntegramente el Artículo Quinto de los estatutos la Sociedad por el siguiente: “Artículo Quinto. El capital de la sociedad es la cantidad de veinte millones ciento sesenta mil pesos, dividido en veinte millones ciento sesenta mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que se emiten, suscriben y enteran en la forma establecida en las disposiciones transitorias.” 2. Se reemplaza íntegramente el Artículo Primero Transitorio de los estatutos la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Capital social. El capital de la sociedad es la cantidad de veinte millones ciento sesenta mil pesos, dividido en veinte millones ciento sesenta mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie que se encuentra íntegramente suscrito y pagado por don Enrique Celedón Valenzuela.”. Don Enrique Celedón Valenzuela es el único accionista de la Sociedad, lo que se acredita mediante el Registro de Accionistas de la Sociedad, tenido a la vista para estos efectos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de diciembre de 2025.