MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BAEZA Y GROSSMANN LIMITADA

RUT 76031115-4 CVE 2748258
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2025

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2025
Notario
JUAN ESPINOSA BANCALARI
Domicilio
con oficio en calle O´Higgins N°528

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
BAEZA Y GROSSMANN LIMITADA socio 76031115-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Publico con oficio en calle O´Higgins N°528, Concepción, certifico: Que por escritura publica de 19 de diciembre de 2025 REP. 4467 ante mí, Don RODRIGO ALEJANDRO BAEZA ANDRADE, chileno, médico cirujano, casado y separado totalmente de bienes, C.I. 14.326.550-1; Doña NELLY INGRID GROSSMANN STANDEN, chilena, médico cirujano, casada y separada totalmente de bienes, C.I. 13.104.176-4; Doña INGALENA DEL PILAR BAEZA GROSSMANN, chilena, estudiante, soltera, C.I. 22.418.214-7, todos domiciliados calle Antilhue NRO. 41, Lonco Parque, comuna de Chiguayante, modificaron sociedad BAEZA Y GROSSMANN LIMITADA, RUT 76.031.115-4 inscrita a fojas 1288, N°1270, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2018. Son materias de extracto las siguientes: Socios acuerdan aumentar el capital de la sociedad desde la suma de $6.000.000, en la suma de $10.000.000, el cual será enterado mediante el ingreso a la sociedad de doña INGALENA DEL PILAR BAEZA GROSSMANN, chilena, estudiante, soltera, cédula nacional de identidad y rol único tributario número veintidós millones cuatrocientos dieciocho mil doscientos catorce guion siete, quien comparece en esta escritura. En consecuencia, la cláusula SEXTA de los estatutos sociales queda de la siguiente forma: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, que se aporta de la siguiente forma: a) Don Rodrigo Alejandro Baeza Andrade aporta la suma de $1.000.000, en este acto en la caja social, al contado y en dinero efectivo; y aportará $2.000.000 al contado y en dinero efectivo, en el plazo de 2 años a contar de la fecha de constitución de la sociedad a medida que las necesidades de la misma lo requieran; b) doña Nelly Ingrid Grossmann Standen aporta la suma de $1.000.000, en este acto en la caja social, al contado y en dinero efectivo; y aportará $2.000.000 al contado y en dinero efectivo, en el plazo de 2 años a contar de la fecha de constitución de la sociedad a medida que las necesidades de la misma lo requieran; y c) doña Ingalena del Pilar Baeza Grossmann aporta la suma de $4.000.000 los que serán enterados de la siguiente forma: i) con $5000.000 al contado y en dinero efectivo, y que ingresan en este acto a arcas sociales; y ii) aportará $3.500.000, en el plazo de 3 años a contar de la fecha de este instrumento a medida que las necesidades de la sociedad lo requieran. Como consecuencia del aumento de capital antes efectuado, la sociedad “BAEZA Y GROSSMANN LIMITADA” queda constituida por los siguientes socios: RODRIGO ALEJANDRO BAEZA ANDRADE, con una participación social del 30% de los derechos y acciones sociales, doña NELLY INGRID GROSSMANN STANDEN, con una participación social del 30% de los derechos y acciones sociales y doña INGALENA DEL PILAR BAEZA GROSSMANN, con una participación social del 40% de los derechos y acciones sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- En lo no modificado, estatutos íntegramente vigentes. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 24 diciembre 2025.