INVERSIONES TANKARA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de marzo de 2013
- Repertorio
- 1972
- Notario
- EDWIN RIFFO GONZALEZ
- Domicilio
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDWIN RIFFO GONZALEZ, abogado, Notario Público Iquique, Suplente del Titular NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí: Don YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE; doña MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ; don YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, don EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, doña ALISHA ALEJANDRA GONZALEZ GAMBOA; todos domiciliados para estos efectos en Calle Gorostiaga N° 150, Iquique; Mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas anotadas y exponen: Con fecha 22 de Abril de 2.009, mediante escritura pública celebrada ante el Notario Público de Iquique doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, se constituyó la Sociedad de responsabilidad Limitada denominada INVERSIONES TANKARA LIMITADA, o TANKARA LTDA., cuyo extracto se inscribió a fojas 427 número 407, del Registro de Comercio de Iquique del año 2009, publicado en el Diario Oficial de fecha 27 de Abril del año 2.009.- Modificada por escritura pública de fecha 06 de Marzo del año 2013, ante la Notario Público de Iquique doña Monica Venegas de la Fuente, Suplente de la Titular doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, cuyo extracto se inscribió a fojas 852 vuelta, N°772, del Registro de Comercio de Iquique del año 2.013, publicado en el Diario oficial de fecha 02 de Mayo de 2.013. Modificada por escritura pública de fecha 30 de Julio del año 2.014, ante la Notario Público de Iquique doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, cuyo extracto se inscribió a fojas 2.382 vuelta N°1.868, del Registro de Comercio de Iquique del año 2.014. Por escritura pública de fecha 16 de Diciembre del año 2.014, ante la Notario Público de Iquique doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, la Sociedad fue saneada en los términos y condiciones que en dicho instrumento se expresan, la que se encuentra inscrita a fojas 2.383 vuelta, N°1.869, en el Registro de Comercio de Iquique, correspondiente al año 2.014.- Modificada por escritura pública de fecha 28 de Octubre del año 2.020, repertorio número 2.540 otorgada ante el Notario Público de Iquique, don Ruben Antonio Escobar García Suplente de la Titular doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, la sociedad fue modificada en los términos y condiciones que en dicho instrumento se expresan , la que se encuentra inscrita a fojas 940 vuelta N°612, en el Registro de Comercio de Iquique, correspondiente al año 2.020, y debidamente publicada en el diario oficial de la República de Chile.- Modificada por escritura pública de fecha 29 de agosto del año 2.022, repertorio N°1.972, otorgada ante el Notario Público Interino de Iquique, don Fernando Mauricio Canales Hertrampf, fue modificada en los términos y condiciones que en dicho instrumento se expresan, se inscribió a fojas 919 vuelta, N°528, en el Registro de Comercio de Iquique, correspondiente al año 2.022, y debidamente publicada en el Diario Oficial de la República de Chile.- Por el presente acto e instrumento los comparecientes vienen en modificar el pacto social antes referido, en los términos que pasas a expresarse. Los comparecientes declaran que son dueños del 100% de los derechos y acciones de la sociedad, correspondiéndoles en la siguiente proporción: Don YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, un porcentaje de un 35% del haber social; Doña MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, un porcentaje de un 35% en el haber social; Don YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, un porcentaje de un 15% en el haber social; EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, un porcentaje de un 15% en el haber social; vienen en modificar el pacto social antes referido, en los términos que pasan a expresarse: Don YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, vende, cede y transfiere el 5% de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad referida, a doña ALISHA ALEJANDRA GONZALEZ GAMBOA, quien compra y acepta, en la suma de $5.000.000.-, que paga en este acto, al contado dinero efectivo, declarando el vendedor recibir a su más entera satisfacción y total conformidad.- b) Doña MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, vende, cede y transfiere el 5% de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad referida, a doña ALISHA ALEJANDRA GONZALEZ GAMBOA, quien compra y acepta, en la suma de $5.000.000.-, que paga en este acto, al contado dinero efectivo, declarando el vendedor recibir a su más entera satisfacción y total conformidad.- En virtud de lo anterior, como consecuencia de las ventas y cesiones a que se refiere la cláusula precedente, a contar de esta fecha, son socios de INVERSIONES TANKARA LIMITADA, o TANKARA LTDA., Don YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, dueño del 30%; Doña MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, dueña del 30%; Don YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, dueño del 15%; EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, dueño del 15%; y doña ALISHA ALEJANDRA GONZALEZ GAMBOA dueña del 10% de los derechos sociales.- Los comparecientes por sí y en la representación que puedan investir por la sociedad se otorgan el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse.- QUINTO: Los actuales socios ratifican cláusula Cuarta del pacto social constitutivo, sentido que la administración representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará y obligará con las mismas facultades establecidas en el pacto social primitivo.- En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 04 de Noviembre de 2025.